Logo

VELIZ OSCAR RAMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo de reajuste de haber previsional contra ANSeS por diferencias entre mobilidades de 2021-2024. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°9 hizo lugar parcialmente a la demanda y ordenó a ANSeS abonar las diferencias calculadas en el considerando 4, difiriendo el tratamiento de la ley 27.609 para la ejecución y desestimando la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426.

Anses Reajuste de haber Movilidad previsional Ley 27.609 Ley 27.541 Prescripcion Intereses Costas ley 27423 Honorarios art.1255 ccycn Ejecucion de sentencia


¿Quién es el actor?

VELIZ OSCAR RAMON.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (reclamo de diferencias por aplicación de normas de movilidad y declaración de inconstitucionalidad de las leyes 27426, 27541, 27609 y decretos 163/20 a 899/20).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se ordenó a la demandada, en el plazo de 120 días desde la notificación electrónica, a abonar las diferencias resultantes de los cálculos indicados en el Considerando 4, con más intereses y prescripción. Se difirió el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; se desestimó el planteo de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426; se impusieron las costas a ANSeS (art. 36 ley 27423) y se regularon honorarios a favor de la Dirección Letrada actora en el 15% del importe del crédito que resulte a favor del reclamante, conforme Art. 1255 CCyCN (con IVA si corresponde), con previsión mínima sobre 15 UMA.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "En cuanto al planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.541, corresponde efectuar un nuevo análisis de la cuestión. Finalizada la emergencia pública... deberá ponderarse la discrepancia entre la movilidad percibida en virtud de los decretos 163/20, 495/20, 692/20 y 899/20 y los que le hubiesen correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, debiendo el organismo abonar al beneficiario las diferencias que pudieran surgir de efectuar dicha comparativa, para los meses de enero y febrero 2021 únicamente, y de allí en adelante se aplicará la nueva Ley vigente 27.609." "La declaración de inconstitucionalidad de una norma impone, tal como fija el Superior Tribunal en el precedente 'Pupelis, María Cristina y otros', sent. del 4/5/91, que para declarar la inconstitucionalidad debe existir un acto de suma gravedad institucional que solo procede cuando la norma produce un perjuicio concreto, actual y debidamente acreditado en el caso individual y no basta la mera invocación abstracta de lesión constitucional... En tales términos, entiendo que en esta etapa, más allá del contenido del introductorio y sus adjuntos es apresurado tener por configurados todos los supuestos que aquí se detallan, por lo que el tratamiento de la inconstitucionalidad articulada en este marco será diferido para la etapa de ejecución de sentencia con la limitación de quedar operativa cuando exceda el 15% del incremento como es de estilo." "La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad... y hago lugar a la misma desde los dos años anteriores a la interposición del NUEVO reclamo administrativo o desde el inicio de la presente, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio." Dispositivo final (transcripción): "RESUELVO: 1) Hacer lugar parcialmente a la demanda ordenando a la demandada a que en el plazo de 120 días, contados a partir de la notificación electrónica de la presente, abone las diferencias resultantes de los cálculos ordenados en el Considerando 4, con más sus intereses y prescripción; 2) Difiérase el tratamiento de la ley 27609 para el momento de la etapa de ejecución; 3) Desestimar el planteo de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426; 4) Costas a la ANSeS (art. 36 ley 27423); 5) Regúlense de honorarios..."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia en el bloque dispositvo; la resolución es la del Juez Federal firmante.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar