ORELLANA CARLOS RAMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó reajuste de haber previsional y declaración de inconstitucionalidades contra ANSES por falta de movilidad y actualización. El Juzgado hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó recalcular el haber y abonar retroactivos según las pautas fijadas, diferir ciertas inconstitucionalidades para la ejecución y dispuso que no se aplicará impuesto a las ganancias hasta que el Congreso regule.
¿Quién es el actor?
ORELLANA, Carlos Ramón (parte actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (re-determinación de PBU, PC y PAP), actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial, oposición a la aplicación de distintas normas y declaración de inconstitucionalidades; pedido de movilidad y pago de retroactivos.
¿Qué se resolvió?
Se hizo parcialmente lugar a la demanda; se dejó sin efecto la resolución administrativa impugnada; se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme a las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se difirió para la etapa de ejecución el tratamiento de ciertas inconstitucionalidades; se determinó que el haber y sumas a favor del actor deberán abonarse íntegramente sin quita, respetando los límites legales y la doctrina de la CSJN; se impusieron las costas a ANSES; y se diferenció la regulación de honorarios para la ejecución conforme ley 27.423.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes de la sentencia):
1) "Para mejor decidir sobre la materia, deberá evaluarse la incidencia que tiene la ausencia de incrementos de la PBU, como uno de los componentes del total del haber inicial de la jubilación, y en caso de haberse producido una disminución, constatar si resulta una diferencia igual o superior al 15 %, en cuyo caso será calificada de confiscatoria en los términos reseñados por la reiterada doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re 'Actis Caporale Laureano', sentencia del 19.8.1999, siguientes y concordantes".
2) "A tal fin, deberá realizar el siguiente cálculo: (PBU reajustada – PBU sin reajustar) = 'A'. Ese importe será multiplicado por 100, y luego dividido por el HABER INICIAL REAJUSTADO según sentencia (PBU sin reajustar + PC reajustada + PAP reajustada) = 'B'. Dicho resultado (A x 100 / B), arrojará la incidencia porcentual que implica la falta de actualización de la PBU, la cual deberá ser mayor a 15."
3) "Resuelvo que, hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto (y habiendo sido tal alternativa considerada en el fallo mencionado), no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la parte actora."
- Disidencias: No existen votos de mayoría/minoría en este fallo de primera instancia; la resolución plasmada es la decisión del Juzgado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: