BAYON JOSE ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo por reajustes previsionales y actualización de la Prestación Básica Universal contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social, por mayoría, revocó la orden de la instancia de grado respecto de la aplicación de diferencias sobre los haberes de enero y febrero de 2021, pospuso la determinación de la PBU para la liquidación y confirmó la sentencia en lo demás, imponiendo costas por su orden en la alzada.
¿Quién es el actor?
Bayon José Antonio.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Impugnación de criterios de actualización de haberes previsionales (remuneraciones históricas para cálculo del haber inicial, Prestación Compensatoria, Adicional por Permanencia, Ingreso Base) y reclamo de reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), con planteos de inconstitucionalidad de normas y cuestionamientos sobre topes, método de movilidad y aplicación de antecedentes jurisprudenciales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, modificó la resolución de grado en los puntos indicados: revocó la disposición que ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y los efectivamente abonados en 2020; pospuso para la etapa de liquidación la redeterminación del valor de la PBU; confirmó lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado tal como se explicó en los considerandos; confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; fijó costas por su orden en la alzada y determinó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos “Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios”, Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución."
"En orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634), en la cual, en el marco de un proceso vinculado al reconocimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento, ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423. ... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
"Por ello el Tribunal, por mayoría RESUELVE: 1.-Revocar lo dispuesto en la instancia de grado en cuanto ordena aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609
- la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos suspendidos y los abonados durante el año 2020 por ese concepto; 2 Posponer el tratamiento de la PBU para la etapa de liquidacion de sentencia ..."
- Voto en disidencia o salvaguarda relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque "deja a salvo su opinión" sobre varias cuestiones, y en sus considerandos expresa adhesión a confirmar la actualización de remuneraciones en los términos del art. 4 de la ley 27.609 en su caso, y plantea fundamentos particulares sobre la inexistencia de confiscatoriedad en el sub examine; su postura quedó a salvo y no integra la decisión mayoritaria.
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