GUERCIO MIRTA CAROLA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su beneficio previsional conforme la ley 24.241. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda —declarándose prescrita parte de la acción— y ordenó recalcular el haber y abonar los retroactivos según las pautas fijadas en la sentencia dentro de 120 días.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GUERCIO MIRTA CAROLA.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Objeto: Reajuste y recalculo del haber previsional y pago de diferencias retroactivas conforme a la ley 24.241 y normativa afín; planteos de inconstitucionalidad de normas y topes legales.
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda: se declaró la procedencia del reclamo respecto de las diferencias de haber conforme a las pautas fijadas en el decisorio y se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y los retroactivos dentro de 120 días desde que la sentencia quede firme; se hizo lugar a la defensa de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037 en la porción que corresponde; se impusieron las costas por su orden y se difirió la regulación de honorarios. (La decisión se ajusta a las pautas establecidas en el fallo.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje del tribunal):
"En relación a la cuestión de fondo, es necesario recordar que en la determinación del haber mensual de la Prestación Básica Universal (en adelante, PBU) no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que está constituida en la actualidad por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08)."
"Conforme lo resuelto por la totalidad de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que ha revocado dicha criterio con fundamento en lo dispuesto por el Máximo Tribunal en autos 'Quiroga Carlos Alberto c/ Anses' Sent. CSJN 11/11/2014... considero que a fin de evitar dilaciones procesales innecesarias en desmedro de las partes, corresponde me expida sobre el particular."
"Ello así, a fin de establecer dicha incidencia, entiendo que corresponde utilizar la siguiente metodología de cálculo: 1) ... PBU caja + PC reajustada + PAP reajustada = Porcentaje de confiscatoriedad = ('M.C' x 100 % 'HIRS')."
"Por lo tanto, ... el organismo demandado deberá actualizar las remuneraciones mediante el índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), hasta la fecha de entrada en vigencia de la ley 26.417 (febrero de 2009 inclusive). A partir de allí, deberá estarse a lo dispuesto por el art. 2 de la ley 26.417."
"En consecuencia, a efectos de garantizar la igualdad frente a la ley amparada por el art. 16 de la C.N., ... declararé para el caso concreto la inconstitucionalidad del Decreto 807/16 ... dispondré la actualización de las remuneraciones a las que se refiere el art. 24 de la Ley 24.241 del modo dispuesto recientemente por la Corte ..."
"Desestimo los restantes controles pretendidos, pues la demandante no acredita los daños concretos que la aplicación de las normas cuestionadas le ocasionan, o bien ellas resultan inaplicables al caso."
Disposición final (parte resolutiva): "Hago lugar a la defensa de prescripción ... y parcialmente, a la demanda ... Ordeno a ANSES que abone ... dentro del plazo de 120 días ... Impongo las costas del proceso por su orden ... Difiero la regulación de honorarios..."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el decisorio; la sentencia es dictada por el Juez Federal Subrogante Ezequiel Perez Nami en acuerdo único de primera instancia.
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