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JOLLY CARLOS HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajuste de su jubilación bajo la ley 24.241 por servicios mixtos y la inconstitucionalidad de normas de movilidad. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró fundada en parte la pretensión (por prescripción parcial) y ordenó a ANSES recalcular el haber y abonar retroactivos según las pautas fijadas en el fallo dentro de 120 días.

Anses Reajuste previsional Ley 24.241 Pbu Mopre Prescripcion (art. 82 ley 18.037) Movilidad jubilatoria Ley 27.541 Ley 27.609 Servicios autonomos/mixtos.


¿Quién es el actor?

JOLLY CARLOS HORACIO.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste del beneficio previsional (jubilación Nº 14-0-0095272-0-6) conforme ley 24.241 por servicios mixtos; impugnación de diversas disposiciones vinculadas con la PBU, índices de actualización de remuneraciones y la movilidad jubilatoria (entre ellas Res. SSS 6/09, leyes 27.541, 27.609 y decretos 163/2020, 495/2020, 542/2020). Reserva de caso federal.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la defensa de prescripción art. 82 Ley 18.037 y, parcialmente, a la demanda de JOLLY CARLOS HORACIO; se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días desde que la sentencia quede firme; se impusieron las costas en el orden causado; se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales (textos transcritos del decisorio): “En relación a la cuestión de fondo, es necesario recordar que en la determinación del haber mensual de la Prestación Básica Universal (en adelante, PBU) no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que está constituida en la actualidad por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08).” “Conforme lo resuelto por la totalidad de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que ha revocado dicha criterio con fundamento en lo dispuesto por el Máximo Tribunal en autos ‘Quiroga Carlos Alberto c/ Anses’ Sent. CSJN 11/11/2014 ... considero que a fin de evitar dilaciones procesales innecesarias en desmedro de las partes, corresponde me expida sobre el particular.” “Ello así, a fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. in re ‘Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios’ ... adhiero al criterio uniforme que emana del Superior ... disponiendo que el valor del MOPRE debe ser actualizado por el índice considerado por la Excma. CSJN. en el precedente ‘Badaro’ y luego las movilidades dispuestas por ley 26198 y los dtos 1346/07 y 279/08, y a partir de 03/2009 los aumentos previstos por la ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del beneficio.” “Con relación a la actualización de las remuneraciones para el cálculo de la PC y PAP fijado en el art. 24 de la ley 24.241, es resorte exclusivo del Poder Legislativo Nacional... la fijación del índice de actualización no puede considerarse incluida dentro de las atribuciones genéricas que la ley 24.241 ... reconoce en cabeza de la ANSeS.” (cita in re “Blanco, Lucio Orlando c/ Anses s/ Reajustes varios”). Sobre medidas de emergencia y movilidad: “A la luz de lo reseñado, y ante la carencia de indicadores adecuados que me permitan llegar a la convicción de la falta de razonabilidad de los preceptos en crisis, no encuentro que se configure en el caso el agravio constitucional que justificaría admitir el amparo... Máxime cuando en la actualidad, se ha dado por finiquitado el plazo con el dictado por parte del H. Congreso de la Nación de la ley 27.609.”
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el texto; la decisión resulta del juez firmante.

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