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GONZALEZ JORGE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó González contra ANSES por reajustes de haberes y actualización de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el pronunciamiento apelado, rechazando los agravios de ANSES y ordenando costas de Alzada por su orden conforme al art. 36 de la Ley 27.423.

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¿Quién es el actor?

González Jorge.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios relativos al cálculo del haber inicial, en particular la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y la metodología aplicable a remuneraciones históricas (PC, PAP, PBU) para evitar una merma confiscatoria del haber inicial. Fecha de adquisición de beneficio del actor: 04/12/2019.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social
- Sala II confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; impuso costas de Alzada por su orden atendiendo las particularidades de la causa (art. 36 Ley 27.423) y ordenó devolver las actuaciones al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "No obstante, es criterio del suscripto que la revisión de la Prestación Básica Universal (PBU) no está supeditada al recálculo de las demás prestaciones, sino más bien a la influencia que la falta de aumento de este componente pueda tener sobre el total del haber inicial (conf. Fallos: 337:1277). En consecuencia, ante el nuevo escenario fáctico suscitado y a los efectos de sostener la armonización jurisprudencial del Fuero de la Seguridad Social en la materia que nos convoca, considero que en casos como el de autos donde no se encuentra ordenada la actualización de la PC y la PAP, la incidencia de la PBU sobre el haber total deberá calcularse aplicando, sobre el valor del AMPO/MOPRE histórico, el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “Badaro” del 26 de noviembre de 2007 (Índice de Salarios según el INDEC entre el 31/12/01 y el 31/12/06) y, una vez realizado ese cálculo, deberá verificarse si la falta de actualización genera en el haber final una diferencia mayor al 15% que la torne confiscatoria (esta cuenta se realizará comparando el haber de Caja, con la sumatoria de la PC y PAP de Caja más la PBU actualizada. Si la diferencia en el monto final supera el 15% del haber de Caja, corresponde su actualización)." "Bajo tales circunstancias, corresponde confirmar lo resuelto por el a quo." "Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN sentada en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
- Votos: Los Dres. Dorado, Fantini y Carnota coincidieron en la decisión de confirmar; no se registran votos en disidencia.

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