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VATTIMO OSCAR FIDEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo por reajuste de haberes previsionales y declaración de inconstitucionalidad de normas de la ley 24.241 y 24.463. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda (aceptó la defensa de prescripción) y ordenó a ANSeS recalcular el haber y pagar los retroactivos dentro de 120 días, disponiendo además el pago íntegro sin quita y las costas a la demandada.

Reajustes varios Pbu Prestacion compensatoria Prestacion adicional por permanencia Prescripcion (art.82 ley 18.037) Inconstitucionalidad Movilidad (ley 27.609 / ley 26.417) Retroactivo Anses Costas


¿Quién es el actor?

Vattimo Oscar Fidel.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste del haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia), y planteos de inconstitucionalidad contra diversos artículos de las leyes 24.241, 24.463 y normas reglamentarias; petición de actualización de remuneraciones y redeterminación del haber inicial incluyendo aportes autónomos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la defensa de prescripción articulada por ANSeS y, en consecuencia, se hizo lugar parcialmente a la demanda; se ordenó a ANSeS que abone al actor el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas fijadas en la sentencia dentro de los 120 días, que las sumas se abonen íntegramente sin quita alguna, se difirió para la ejecución el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 y la aplicación del fallo "Lohle", y se impusieron las costas a la parte demandada.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "En relación a la cuestión de fondo, cabe recordar que en la determinación del haber mensual de la PBU no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que ésta está constituida por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08)." "Por lo expuesto corresponde efectuar el siguiente cálculo: PBU (reajustada) – PBU (sin reajustar) = 'X'. A ese importe 'X' dividirlo por el HABER INICIAL REAJUSTADO según sentencia: (PBU (sin reajustar) + PC (reajustada) + PAP (reajustada) = 'XX' importe que multiplicado por 100 arroja finalmente el porcentaje % correspondiente, el cual deber ser mayor a 15." "Es una máxima básica de la seguridad social que el Estado garantice al beneficiario el mantener el nivel de vida alcanzado durante la etapa laboral y no llevar los haberes a una desproporción de naturaleza arbitraria y confiscatoria." "El artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 dispone que: '…las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241, vigente a la fecha de cesación de servicios...' Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria ... y lo declaró inconstitucional en este acto." "Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; FALLO: 1) Hacer lugar a la defensa de prescripción ... y parcialmente a la demanda ...; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo ... dentro del plazo de 120 días ...; 4) El haber resultante y las sumas que resulten a favor de la parte actora deberán ser abonadas íntegramente, sin quita alguna..."
- Disidencias relevantes: No constan votos en disidencia en el decisorio aportado.

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