CHHAB CARLOS EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a la ANSeS solicitando el reajuste de haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes reclamados, ordenó a ANSeS recalcular y pagar dentro de 120 días de sentencia firme y reguló costas y honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CHHAB CARLOS EDUARDO (parte actora).
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Objeto: Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; impugnación de topes y declaración de inconstitucionalidad de normas reglamentarias y legales relacionadas con el cálculo de haberes (incluyendo tope del haber máximo, topes para Prestación Compensatoria y PBU, y artículo 14.2 de la Resolución SSS 6/09).
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda en particular sobre los topes tratados; se ordenó a ANSeS que, dentro de los 120 días desde que exista sentencia firme, proceda conforme lo dispuesto en el decisorio; si los haberes resultaran modificados, deberán abonarse dentro de ese plazo; para las acreencias retroactivas ANSeS deberá contemplar los intereses fijados y lo resuelto en materia de prescripción; costas a ANSeS (art. 36 Ley 27.423); se regulan honorarios de la Dirección Letrada conforme art. 1255 CCyCN y escala de la ley 27.423.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes del fallo):
"2. La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad – de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."
"Sobre el pedido de inconstitucionalidad del art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09, debo decir que el artículo que reglamenta – 24 de la ley 24.241
- norma la determinación de la prestación compensatoria calculándola '...sobre el promedio de las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones actualizadas y percibidas durante el período de 10 años inmediatamente anterior a la cesación del servicio'. Ahora bien, el artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 dispone que: '…las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241, vigente a la fecha de cesación de servicios entendida en los términos definidos en el apartado 1'. Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaro inconstitucional en este acto."
"Por lo expuesto, citas legales y jurisprudenciales, RESUELVO: 1) Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta, en particular sobre los topes tratados y, en consecuencia, ordeno a la A.N.Se.S. a que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos -considerando que las actuaciones administrativas se encuentran en poder de la demandada
- proceda en la forma aquí dispuesta... 3) Para el cómputo de las acreencias retroactivas que eventualmente resulten en favor de la reclamante, deberá el organismo demandado contemplar los intereses aquí fijados y de acuerdo a lo resuelto en materia de prescripción."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la sentencia es dictada por el Juzgado Federal de la Seguridad Social 2, firmado por el Juez Federal Subrogante German Pablo Zenobi.
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