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CARRIZO, MANUEL RODOLFO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSES por reajustes de haberes previsionales y la inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley 27.609. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de la demandada, declaró inconstitucional el art. 1° de la Ley 27.609, impuso costas a ANSES y reguló honorarios al 30% de lo fijado en primera instancia.

Reajustes Anses Inconstitucionalidad ley 27.609 No regresividad Retroactivo Impuesto a las ganancias Costas Honorarios 30% Elliff Seguridad social


¿Quién es el actor?

CARRIZO, MANUEL RODOLFO.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios de haberes previsionales (determinación del haber inicial, actualización de remuneraciones devengadas, exención del retroactivo del impuesto a las ganancias) y pedido de declaración de inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley Nº 27.609.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y declaró la inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley Nº 27.609; impuso las costas a la demandada y reguló honorarios de los profesionales intervinientes en un treinta por ciento (30%) de lo regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "Conclusión. La sentencia recurrida se ajusta a derecho al declarar la inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley n° 27.609, por vulnerar el principio de no regresividad, sin que el Estado haya aportado justificación suficiente. Corresponde, pues, rechazar el agravio y mantener el criterio adoptado." "Al respecto esta Sala ya se expidió en la causa Nº FMZ 28114/2016/CA1, caratulados: ‘DI LORENZO CARLOS FELIZ C/ANSES s/Reajustes varios’ de fecha 06/10/2020 a cuyo fundamento me remito y donde dirimió la cuestión sobre el retroactivo. Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora." "Las costas de la presente instancia se impondrán a la demandada vencida (Fallo 'MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO'
- art. 36 de la ley nº 27.423). Los honorarios de los profesionales intervinientes se regularán en un treinta por ciento (30%) de lo regulado en primera instancia (art. 30 de la Ley n° 27.423)."
- Disidencia: No hubo disidencia; los Dres. Pérez Curci y Castiñeira de Dios adhirieron al voto del Dr. Pizarro, conformando la decisión de la Cámara.

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