PAZ RUBEN OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó reajustes varios de su prestación previsional contra ANSES, incluyendo cuestionamientos sobre movilidad, retenciones y costas. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia recurrida en lo agravado, confirmó la regla de costas según art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423 y fijó honorarios de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
PAZ, Rubén Óscar.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de la prestación previsional (Prestación Básica Universal), impugnación de la fórmula de actualización/movilidad, retención de impuesto a las ganancias, tasa de interés aplicable, prescripción bienal, y la imposición de costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia recurrida en lo que fue materia de agravios; confirmó lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado (imposición al vencido conforme art. 68 CPCCN, con la salvedad de que si de la liquidación resultaran sumas en favor del actor deberán imponerse a la vencida; en caso contrario, en el orden causado conforme art. 36 ley 27.423); costas por su orden en la Alzada; y determinó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos transcritos literales):
"En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
"Que la prescripción aplicada por el fallo ha de ser confirmada por ajustada a derecho, (art. 82 de la ley 18037 ahora art. 168 de la ley 24241), toda vez que en materia de reajustes por movilidad del haber jubilatorio rige la prescripción bienal."
"Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido en casos de aristas similares... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque formuló una opinión en reserva sobre las costas de ambas instancias, proponiendo imponerlas a la demandada vencida; su firma aparece como "en disidencia parcial", pero la decisión mayoritaria quedó consignada arriba.
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