GRANDE OMAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Demandante promovió reclamo contra ANSeS solicitando reajuste de haberes previsionales y declaración de inconstitucionalidad de normas. El Juzgado Federal N°2 hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes, ordenó a ANSeS a proceder en 120 días desde sentencia firme, rechazó la solicitud de suplementos extraordinarios y reguló costas y honorarios aplicando el art. 36 de la ley 27423 y el art. 1255 del CCyCN.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GRANDE OMAR (parte actora).
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Objeto: Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; se atacan normas por inconstitucionalidad; se pide condena al pago de las diferencias resultantes y otros rubros (suplementos extraordinarios).
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda, en particular sobre los topes tratados; se ordenó a ANSeS que, dentro del plazo de 120 días desde que exista sentencia firme, proceda conforme lo dispuesto; los haberes modificados deberán abonarse dentro de ese plazo; las acreencias retroactivas deberán contemplar los intereses fijados y la cuestión de prescripción; se difirió el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución; se rechazó la pretensión de abonar suplementos extraordinarios; costas a ANSeS (art. 36 ley 27423); regulación de honorarios de la Dirección Letrada actora en el 15% del importe del crédito que resulte en favor del reclamante conforme art. 1255 CCyCN, con ajustes por IVA y mínimo según UMA.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) "La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad – de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."
2) "En tal estado, la causa queda en estado de resolver." (ubicación procesal).
3) Sobre la metodología de cálculo: "resultaría de aplicación el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c.ANSeS' sent. del 11/11/14, fallo en el que se vincula su cálculo a las variaciones salariales y en la medida en que importe –como allí reza
- una quita Superior al 15%." Asimismo, el juez dispone: "Dicha metodología de cálculo debe ajustarse a los lineamientos establecidos por la Excma. Cámara del fuero..."
4) Sobre la Ley 27.609 y pautas de actualización: "Con relación al cálculo de la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia, teniendo en cuenta la fecha de adquisición del derecho, debe estarse a las disposiciones de la ley 27.609 -art. 4
- ... es de aplicación lo dispuesto en las leyes 26.417, 27.426, 27.609 y cctes."
5) Sobre intereses y prescripción: "Los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual capitalizable que publica el Banco Central de la República Argentina ... me remito al precedente de la Excma. CSJN en autos 'Spitale, Josefa Elida c/Anses' del 14/09/04 y 'Cahais, Rubén Osvaldo c/Anses' del 18/04/2017." Y: "Para el cómputo de las acreencias retroactivas ... deberá el organismo demandado contemplar los intereses aquí fijados y de acuerdo a lo resuelto en materia de prescripción."
6) Sobre costas y honorarios: "Respecto a las costas, tomando en cuenta el dictado de la ley 27423... aplicaré lo dispuesto en el precedente 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/impugnación de acto administrativo' del 22/7/2023. En consecuencia, declaro su inconstitucionalidad e impongo las mismas en el marco del art. 36 de la ley ultima citada..." Y: "Regúlanse de honorarios ... por aplicación del Art. 1255 del CCy CN en el 15% del importe del crédito que por todo concepto resulte en favor del reclamante..."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el texto; la resolución es firma del Juez Federal Subrogante German Pablo Zenobi y constituye decisión del juzgado.
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