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SACCAGGIO LIA ELISA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES por reajustes varios, incluyendo la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y la aplicación de topes. La Cámara Federal de la Seguridad Social, por mayoría, confirmó la sentencia en lo probado, difirió para ejecución el debate sobre la PBU y topes, dejó las costas conforme al art. 68 CPCCN y fijó honorarios de Alzada en el 30% de lo de grado.

Reajustes varios Prestacion basica universal (pbu) Topes de haberes Costas Honorarios Anses Art. 68 cpccn Ley 27.423 Inaplicabilidad impuesto a las ganancias Ejecucion


¿Quién es el actor?

SACCAGGIO LIA ELISA.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional; en particular la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) como componente del haber inicial, la aplicación de topes de haberes (art. 26 ley 24.241 y Resolución SSS 06/09), retenciones por impuesto a las ganancias y cuestionamientos sobre aportes autónomos y exenciones fiscales.

¿Qué se resolvió?

Se difirió el tratamiento del planteo referido a la actualización de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; se difirió igualmente para ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; se confirmó lo resuelto en torno a las costas de la instancia de grado conforme al art. 68 del CPCCN (si de la liquidación resultaran sumas a favor del actor, las costas irán a la vencida; en caso contrario, en el orden causado conforme art. 36 ley 27.423); se confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; costas por su orden en la Alzada; y se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo): “Que respecto del reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos ‘Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios’, Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución.” “Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, Resolución SSS 6/2009) –incluido el planteo respecto a la doctrina del precedente ‘Villanustre’-… pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor.” “Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso… la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, … in re ‘Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo’ … En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423).” “Determin ar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior, en atención a la calidad y extensión de las tareas desarrolladas y teniendo en cuenta las pautas de la ley 27.423 (art. 30).” “Sin perjuicio de lo que aquí, se resuelve, conforme lo dispone expresamente el art 271 del CPCCN, esta Alzada examinó sólo los planteos de hecho y de derecho conducentes… sometidos a la decisión del juez de primera instancia que fueron materia de agravios, encontrándose el Tribunal limitado en ese sentido y no pudiendo excederse de dicha medida; por lo que, las restantes cuestiones decididas que no han sido materia de tratamiento en la presente deberán, en el momento procesal oportuno, abordarse de manera integral por el juez de grado.”
- Voto en disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque “deja a salvo su opinión” sobre la inaplicabilidad del art. 14 punto 2 de la Resolución SSS 06/09 y sostuvo, por su voto, la confirmación de lo decidido en la instancia de grado respecto de esa cuestión y la imposición de costas a la demandada (adhesión y matices consignados expresamente por ese vocal), sin perjuicio de que la resolución final se adoptó por mayoría.

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