ALGAMIS SILVIA CATALINA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La actora promovió amparo contra ANSES solicitando la inaplicabilidad de la deducción del art. 9 de la ley 24.463 sobre sus haberes docentes. El juez admitió el amparo y condenó a ANSES a abonar íntegramente la PBU-PC-PAP, a abstenerse de aplicar el tope del art. 9.2 de la ley 24.463 y a pagar las sumas retroactivas correspondientes de los últimos dos años con intereses de la tasa pasiva promedio del BCRA.
¿Quién es el actor?
Sra. SILVIA CATALINA ALGAMIS.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Acción de amparo para que se declare inaplicable la deducción prevista en el art. 9 (inc. 2) de la ley 24.463 respecto de sus haberes previsionales (PBU-PC-PAP) por haber obtenido el beneficio en el marco del régimen docente y que se ordene el reintegro de las sumas retenidas, sin retención por impuesto a las ganancias, con intereses.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al amparo; se condenó a ANSES a que en 30 días abone el monto íntegro de la PBU-PC-PAP y se abstenga de aplicar el tope del art. 9. Inc. 2 de la ley 24.463; deberá abonar las sumas retroactivas desde los dos años anteriores al inicio de la acción, con intereses según la Tasa Pasiva Promedio del BCRA; costas a la demandada; diferimiento de la regulación de honorarios.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "Que corresponde expedirme sobre la procedencia de la acción de amparo, la cual surge principalmente del art. 43 de la Constitución Nacional y el art.1 de la ley 16.986... El art.43... establece: 'Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro remedio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta, derechos o garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley. En este caso, el juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva'."
- "Que de la norma constitucional puede considerarse que la procedencia del amparo esta determinada por la existencia de una lesión producida o a producirse... Así, el profesor Lino Enrique Palacio dijo que mientras que la 'ilegalidad' se configura cuando el acto (positivo o negativo) carece de todo sustento normativo e incluye las 'vías de hecho', la 'arbitrariedad' comprende... la aplicación de normas practicada con error inexcusable..."
- "Que... estimo que se acredita lo sostenido por la actora y por lo tanto encuentro reunidos los requisitos impuestos en la normativa en la forma manifiesta que ella requiere, a fin de habilitar la procedencia de esta vía."
- Análisis de la normativa aplicable y conclusión sobre la deducción: "Que... la norma establece que: 'Los haberes previsionales mensuales correspondientes a las prestaciones otorgadas en virtud de leyes anteriores a la Ley 24.241... estarán sujetos a la siguiente escala de deducciones…' de su lectura, surge la exigencia de dos requisitos... en el caso de la parte actora, la misma adquirió su beneficio de PBU/PC/PAP DOCENTE según disposiciones de la ley Nro 24.241, percibiendo variación salarial Docente R. SSS Nro 14; en consecuencia, corresponde declarar su inaplicabilidad y debiendo liquidarse y abonarse el monto íntegro de la PBU-PC-PAP devengadas desde, sin la deducción cuestionada, como así también la devolución de las sumas indebidamente retenidas, todo ello en el término de treinta días, declarando inaplicable lo dispuesto en el art. 22 de la ley 24.463."
- Sobre prescripción: "Que respecto a la excepción de prescripción opuesta por la parte demandada... corresponde hacer lugar a la misma, con fundamento en el art. 82 de la ley 18.037, debiendo declararse prescriptos los créditos anteriores a los dos años anteriores al inicio de la presente acción."
- Intereses: "Las sumas que a favor de la reclamante resulten de la liquidación que se ordena, devengarán intereses que se calcularán según la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (Conf. C.S.J.N., 'Spitale, Josefa Elida c/Anses', sent.del 14-09-04, Fallos 327:3721)..."
- Impuesto a las ganancias: "Asimismo, sobre la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias, cuestiones de economía y celeridad procesal me obligan a remitir mi voto a los fundamentos dados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 'García Marta Susana c/ ANSES s/ Reajustes Varios', sentencia del 10 de septiembre de 2020, y que remite al anterior pronunciamiento 'García María Isabel c/ ANSeS s/ Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad', sentencia del 26 de mayo de 2019."
No hubieron votos en disidencia registrados en el expediente; la resolución citada constituye la decisión definitiva del juzgado.
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