Logo

VARGAS CALISTO GENARO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamante impugnó cálculos de reajuste de haberes y la actualización de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, revocó la orden de primera instancia que imponía aplicar una diferencia porcentual a los haberes de enero y febrero de 2021, diferió la redeterminación de la PBU y confirmó la sentencia en lo demás, con costas por su orden y honorarios fijados en el 30% para la alzada.

Anses Prestacion basica universal Actualizacion de haberes Movilidad 2021 Ley 27.609 Ley 27.426 Tasa de interes retroactiva Costas Honorarios Emergencia economica (ley 27.541)


¿Quién es el actor?

VARGAS CALISTO GENARO (actor/beneficiario).

¿A quién se demanda?

ANSeS (organismo previsional).
- Objeto de la demanda: Reajustes y actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial de prestaciones (incluida la Prestación Básica Universal —PBU—), intereses y demás rubros derivados del reconocimiento del beneficio (fecha de adquisición del derecho: 17/11/2020).

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, diferenció el tratamiento del planteo sobre la actualización de la PBU como componente del haber inicial; revocó la decisión de grado que ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y los efectivamente abonados en 2020; confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; impuso costas por su orden en la Alzada y fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "Que en relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos “Elizondo, Fanny Margarita c /ANSES s/Reajustes Varios”, Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución." "En atención a lo expuesto, las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de descalificación, visto que la mentada emergencia fue definida por el Congreso Nacional y de conformidad a los precedentes jurisprudenciales mencionados ut supra, por lo que deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609 (B.O. 4.01.2021)
- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada." "Costas por su orden en la Alzada en atención a la forma que se resuelve, arts. 68 segunda parte del C.P.C.C.N. y 36 de la ley 27.423 (conf. CSJN, sentencia del 22.06.2023, in re “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo”)."
- Votos en disidencia o salvedades relevantes: Se consignó que "El Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión en torno a las siguientes cuestiones:" y, en un apartado, expresó su criterio respecto de la actualización de las remuneraciones utilizadas para el cálculo del haber inicial, señalando que, atento a que las remuneraciones son posteriores a marzo de 2009, correspondía rechazar los agravios por falta de demostración de perjuicio concreto. Esa opinión quedó a salvo y no integró la decisión mayoritaria.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar