RICO ROXANA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
Amparo promovido por Roxana Rico contra ANSeS por la inaplicabilidad de la escala de deducciones del art. 9 de la ley 24.463 y la retención del impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado que declaró inaplicable la escala del art. 9.2 de la ley 24.463 y la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias, imponiendo costas a la demandada y fijando honorarios de alzada.
¿Quién es el actor?
RICO ROXANA.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Se promovió acción de amparo para que se declare la inconstitucionalidad de la Circular ANSES PREV-05-0819 y, en general, la inaplicabilidad de la escala de deducción del art. 9 de la ley 24.463 en relación con el haber jubilatorio de la actora; además, se reclamó la restitución de los montos retenidos y la exención del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en lo que decide y fue materia de agravios. En particular, declaró inaplicable en la especie la escala de deducciones prevista en el art. 9.2 de la ley 24.463 para el beneficio otorgado, y declaró la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias. Impuso costas de alzada a la demandada y fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes):
"Corresponde señalar que la escala de deducciones planteada en el art. 9 inc. 2° de la ley 24463 resulta aplicable siempre que concurran dos recaudos; en primer lugar, que se trate de beneficios acordados sobre la base de una legislación anterior a la entrada en vigencia de la ley 24.241, que no es este el caso y en segundo, que la ley por la que se obtuvo el beneficio no provea otro tope al haber. Por ello, la limitación del art 9, inc 2, no debe ser de aplicación a beneficios como el presente."
"Por ello corresponde ordenar que resulta inaplicable en la especie la escala de deducciones prevista en el art. 9.2 de la ley 24463 tan sólo y, en base a los argumentos aquí vertidos, corresponde confirmar la sentencia recurrida."
"Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido en casos de aristas similares, ... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el bloque dispositivo final; la resolución es colegiada y confirma la sentencia de grado.
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