BARTELOOT CLAUDIO GUILLERMO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSeS por reajustes previsionales y aplicación de topes e incrementos suspendidos en 2020. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la orden de aplicar a los haberes de enero-febrero/2021 la diferencia porcentual reclamada, pospuso el tratamiento del tope del haber para la liquidación y confirmó la sentencia recurrida en lo demás, imponiendo costas por su orden en la alzada.
¿Quién es el actor?
BARTELOOT CLAUDIO GUILLERMO.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Impugnación de actos relativos a reajustes previsionales —cuestiones vinculadas con la suspensión de aumentos en 2020, aplicación de la ley 27.541 y decretos posteriores (refuerzos, bonos), topes de haberes (art. 9 Ley 24.463) y retención del impuesto a las ganancias—y petición de diversos suplementos/refuerzos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, modificó la sentencia de grado en los términos indicados: revocó la orden de aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y los abonados en 2020; pospuso el tratamiento del tope del haber en actividad para la etapa de liquidación; confirmó lo resuelto en torno a las costas de grado conforme al art. 68 CPCCN y confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios. Además dispuso costas por su orden en la alzada y fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
“Deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609 (B.O. 4.01.2021)
- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada.”
“Ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463) ... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor.”
“En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423).”
- Voto en disidencia (o salvo opinión): El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó expresamente a salvo su opinión respecto de la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en caso de que en la liquidación se acredite que la aplicación del tope genera una quita superior al 15%, señalando: “En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes ... genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente-”. Esa posición fue dejada a salvo y no constituye la decisión de la mayoría.
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