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SALAZAN ANTONIO RICARDO DAMIAN Y OTRO c/ GENDARMERIA NACIONAL Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Demandantes reclamaron la devolución de los descuentos excedentes por el Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11%. El Juzgado Federal N°9 hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97, ordenó el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas en 90 días, con liquidación retroactiva y costas a la parte vencida.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Salazán Antonio Ricardo Damián y otro (parte actora). Demandado: Estado Nacional – Gendarmería Nacional y CRJPPFA (Ministerio de Seguridad / Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y organismos vinculados). Objeto: Se solicita que se declare la inconstitucionalidad de la Ley 22.788 y del Decreto 679/1997 (especialmente éste último que elevó el aporte previsional del 8% al 11%), el cese inmediato de esa retención y la devolución de las sumas descontadas por tal incremento, más intereses. Decisión: El juez hizo lugar a la demanda respecto del descuento impuesto por el Decreto 679/97; declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11%, ordenó el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas en el término de 90 días desde la notificación; además ordenó practicar la liquidación de las sumas retroactivas adeudadas en ese mismo plazo y activar los mecanismos conducentes para colocar al cobro los montos resultantes; costas a la vencida; regulación de honorarios de la parte actora (15% del importe del crédito) y demás pautas. Esta decisión se apoya expresamente en el fallo de la CSJN “Pino Seberino y otros c/ E.N.
- Ministerio del Interior” del 07/10/2021.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes del fallo): “En este sentido, la nota de elevación del proyecto de la ley 22.788 al Poder Ejecutivo Nacional da cuenta de que la extensión del régimen de aportes del personal en actividad de la Gendarmería Nacional a los retiros y pensiones de esa institución tuvo por finalidad pres..., reducir los fondos que el Tesoro Nacional destinaba a la cuenta especial creada por la ley 22.043 para atender dichas prestaciones y, a la vez, garantizar el principio de identidad que debe existir entre los haberes mensuales del perso..., modificado por la ley 20.796)”. (texto del considerando transcripto en el fallo) “Respecto de ello, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dictado con fecha 07/10/21 el fallo ‘Pino Seberino y otros c/Estado Nacional – Ministerio del Interior s/Personal militar y civil de las FFAA y de Seg’ donde el tribunal sostuvo en el pto. 7 del Considerando que ‘…con relación a los agravios que se dirigen a cuestionar la validez del aporte personal fijado por la ley 22.788 con fundamento en que hasta el dictado de esa norma los retirados y pensionados de la Gendarmería Nacional no estaban obligados a realizarlo, resulta de aplicación la doctrina de este Tribunal según la cual la modificación de una no constitucional, pues nadie tiene derecho adquirido al mantenimiento de leyes o reglamentos, ni a su inalterabilidad (Fallos: 315:839; 327:5002; 338:757), más aún cuando la imposición de dicha carga se sustenta en razones de interés colectivo y manifiesto carácter asistencial…’” (cita textual incluida en el considerando) “En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97”. (conclusión incorporada por el juez remitiéndose al precedente de la CSJN)
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución es única y firmada por el juez federal que entiende en la causa.

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