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FITTIPALDI QUEIROLO, IVAN EDUARDO c/ TRIUNFO COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA. s/ORDINARIO

El actor demandó a Triunfo Cooperativa de Seguros Ltda. por incumplimiento de la póliza de seguro automotor y reclamó pago de la cobertura, daño moral y daño punitivo. La Cámara estimó parcialmente la apelación de la aseguradora, revocó la imposición de la multa punitiva, confirmó el resto de la sentencia y condenó en costas a la compañía.

Seguro automotor Robo Clausula de agravamiento del riesgo Dano punitivo Dano moral Confirmacion parcial Costas Ley 24.240 Art. 52 bis Carga probatoria


¿Quién es el actor?

Iván Eduardo Fittipaldi Queirolo.

¿A quién se demanda?

Triunfo Cooperativa de Seguros Limitada.
- Objeto de la demanda: Cobro de indemnización por robo de motocicleta (pago de cobertura de $166.000 en primera instancia), más daño moral y daño punitivo (multas civiles) y costas.

¿Qué se resolvió?

Se estimó parcialmente el recurso de apelación de la aseguradora; se modificó el pronunciamiento de grado revocando la admisión del pedido de imposición de la multa punitiva; se confirmó la sentencia apelada en el resto de los aspectos controvertidos (incluyendo el pago de la cobertura y el daño moral) y se impusieron las costas de ambas instancias a cargo de la compañía demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) "En la especie, considero, a diferencia de lo postulado por el sentenciante de la anterior instancia, que en la especie no se han verificado las circunstancias excepcionales que autorizan la fijación de una reparación en concepto de 'daño punitivo'. Pues aprecio que el incumplimiento en el que incurrió la aseguradora (denegación injustificada de cobertura del siniestro denunciado por el actor), no posee la entidad necesaria como para inferir que su accionar derive de un comportamiento gravemente culposo -mucho menos doloso
- que justifique la imposición de una condena de este tipo." 2) "Por consiguiente, sugeriré al Acuerdo la admisión de la queja que se analiza en el presente apartado, con el alcance de revocar el pronunciamiento apelado en cuanto estimó procedente el reclamo por este concepto. Situación que torna abstracto el tratamiento del resto de los agravios propuestos a estudio en el punto vinculados al quantum de la multa civil y al dies a quo de los accesorios que debía devengar dicho importe." 3) "Establecido lo anterior, ... corresponde sugerir que la solución con respecto a las costas que mejor se ajusta al resultado de la litis en esa instancia, es la de imponerlas a cargo de la compañía de seguros demandada, en su condición de parte sustancialmente vencida en el pleito (cfr. ...), como lo dispuso el sentenciante de grado."
- Disidencia: no hubo disidencia; los tres jueces adhirieron al voto principal.

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