Incidente Nº 1 - IMPUTADO: CARDENAS OVEJERO, GUSTAVO JAVIER s/INCIDENTE DE EXCARCELACION
Recurso de casación contra la confirmación de la denegatoria de excarcelación y de medidas alternativas de detención. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso por ausencia de agravio federal fundado, al considerar que las discrepancias valorativas no configuran arbitrariedad.
¿Quién es el actor?
Defensa Pública Oficial de Gustavo Javier Cárdenas Ovejero (en representación del imputado).
- Demandado / decisión impugnada: Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán (resolución que confirmó la denegatoria de excarcelación de fecha 1° de agosto de 2025 y la no aplicación de medidas alternativas).
- Objeto de la impugnación: recurso de casación contra la confirmación de la denegatoria de excarcelación y del pedido de medidas alternativas de detención.
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la Defensa Pública Oficial de Gustavo Javier Cárdenas Ovejero, sin costas en la instancia (arts. 444 –segundo párrafo-, 530 y ccds. del Código Procesal Penal de la Nación).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Que si bien las resoluciones que involucran la cuestión aquí planteada resultan equiparables a sentencia definitiva ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible, insuficiente o tardía reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata ..., para posibilitar el ejercicio de la jurisdicción revisora de esta Cámara debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal, tal como lo estableciera la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re 'Di Nunzio' (Fallos: 328:1108)."
"En el caso bajo análisis, la defensa no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado que permita hacer excepción al principio general mencionado ut supra, toda vez que se ha limitado a invocar defectos de motivación en la resolución impugnada a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso que el a quo consideró relevantes para rechazar la petición, a la luz de la normativa legal y teniendo en cuenta los principios constitucionales aplicables."
"En razón de las consideraciones precedentes, las discrepancias valorativas expuestas por el impugnante, amén de demostrar la existencia de una fundamentación que no se comparte, no configura un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad ..., en los graves defectos del pronunciamiento ..., o en alguna cuestión federal ...; por lo que no corresponde la intervención de la jurisdicción de este Tribunal."
- Voto en disidencia parcial relevante:
El juez Daniel Antonio Petrone adhirió "a la solución de inadmisibilidad propuesta, pero con costas en la instancia –art. 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación–", posición que quedó en minoría respecto de la decisión mayoritaria de declarar la inadmisibilidad sin costas.
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