Legajo Nº 1 - IMPUTADO: RAMÍREZ ALVAREZ, JEISON JOSUE s/LEGAJO DE INCONSTITUCIONALIDAD
Recurre la defensa para declarar la inconstitucionalidad de las restricciones de la ley 27.375 y solicitar la libertad condicional o la inclusión en el régimen preparatorio para la liberación. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó parcialmente la impugnación constitucional, pero hizo lugar subsidiariamente al recurso al anular el punto III de la resolución de mérito y remitió las actuaciones para que, con informes especializados, se dicte un nuevo pronunciamiento sobre la incorporación al régimen preparatorio.
¿Quién es el actor?
Defensa pública oficial (recurrente: defensor público coadyuvante Dr. Andrés R. Pennisi / Defensor Público Oficial Dr. Ignacio F. Tedesco).
¿A quién se demanda?
Estado procesal representado por el Tribunal Federal de Juicio N°2 de Rosario (resolución recurrida).
- Objeto de la demanda: Se impugna la constitucionalidad del artículo 56 bis, inciso 10, de la ley 24.660 y del artículo 14 del Código Penal (red. ley 27.375) y, subsidiariamente, se solicita la incorporación de Jeison Josué Ramírez Álvarez al régimen preparatorio para la liberación o la libertad condicional; además se pidió la producción de informes para evaluar la inclusión al régimen preparatorio.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó parcialmente el recurso en cuanto a la pretensión de inconstitucionalidad de los arts. 56 bis, inc. 10, de la ley 24.660 y 14 del CP; en subsidio hizo lugar parcialmente al recurso, anuló el punto III de la resolución impugnada y remitió las actuaciones para que, una vez analizada por profesionales especializados la situación del condenado, se dicte un nuevo pronunciamiento, sin costas. Se tuvo presente la reserva del caso federal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Tal es mi voto." (cierre del voto preopinante que sintetiza la propuesta).
Sobre la inconstitucionalidad: "toda vez que el recurrente no introdujo argumentos novedosos que permitan apartarse de la doctrina allí sentada, corresponde rechazar el agravio vinculado con la pretendida inconstitucionalidad de los arts. 56 bis de la ley 24.660 y 14 del CP -según redacción ley 27.375-."
Sobre el régimen preparatorio y prisión domiciliaria: "En esos términos, el nombrado se encontraría en condiciones de acceder al régimen preparatorio para la liberación previsto por el art. 56 quáter de la ley 24.660 ... Este sistema específico dispuesto para los condenados por delitos establecidos en el art. 56 bis de la mencionada ley, podrá implementarse un año antes del cumplimiento de la condena y exige que el condenado cuente con informes que analicen y pronostiquen en forma individualizada y favorable su reinserción social. Ello, sin perjuicio de encontrarse cumpliendo la condena en modalidad domiciliaria, pues, la norma invocada no efectúa distinción alguna según cuál sea la modalidad en la que el condenado se encuentra cumpliendo pena."
Crítica a la resolución de grado y orden de nueva intervención: "De esa manera, se observa que el tribunal de mérito al resolver del modo en que lo hizo valoró arbitrariamente la situación de Ramírez Álvarez, en el marco del cumplimiento de la pena impuesta, y omitió considerar debidamente la ley aplicable. Así, la resolución del a quo evidencia fisuras lógicas en su razonamiento que impiden considerarla como un acto jurisdiccional válido (art. 123 del CPPN)."
Resultado concreto y carga procesal: "Corresponde entonces: I) Rechazar parcialmente el recurso... II) Hacer lugar parcialmente el recurso; casar y anular el punto III de la resolución impugnada; y remitir las actuaciones para que, una vez analizada por profesionales especializados la situación del condenado, dicte un nuevo pronunciamiento, sin costas (arts. 471, 530 y ccds. del CPPN)."
- Disidencias relevantes: No existen votos en disidencia; los tres jueces (Mahiques, Borinsky y Yacobucci) adhirieron a la solución mayoritaria que aparece en la parte resolutiva.
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