ORTIZ, RICARDO LORENZO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo contra ANSES por reajustes varios en prestaciones previsionales. La Cámara Federal de Rosario declaró desierto el recurso de apelación por falta de presentación de agravios y, de oficio, declaró inconstitucional el artículo 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la demandada, regulando honorarios en el 10% de lo fijado en primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ortiz, Ricardo Lorenzo (actor/promovente).
Demandado: ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
Objeto: Reclamo por reajustes varios (prestaciones previsionales) — expediente caratulado “ORTIZ, RICARDO LORENZO c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOS”.
Decisión: La Cámara Federal de Rosario declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la demandada; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018, impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida y reguló los honorarios de los profesionales en Alzada en el 10% de lo fijado en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"La parte demandada fue notificada en los términos del artículo 259 del C.P.C.C.N. mediante cédula electrónica y no presentó su memorial de agravios en tiempo y forma. Por lo tanto, en virtud del tiempo transcurrido y lo previsto por el artículo 266 del C.P.C.C.N. corresponde declarar desierto el recurso interpuesto."
"En lo concerniente a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'Morales, Blanca Azucena' (Fallos: 346:634), mediante sentencia del 22 de junio de 2023, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 68 del CPCCN, por remisión del artículo 36 de la ley 27.423."
- Votos en disidencia: No se registra voto en disidencia en la parte resolutiva publicada.
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