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QUAGLIA, ELSIE ELIZABETH c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó reajustes varios contra ANSES por actualización de haberes, aportes y PBU. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia, diferirió para ejecución el examen de la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo costas a la demandada.

Reajustes varios Anses Pbu Ley 27.609 Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Costas Tasa pasiva Aportes autonomos Ejecucion.


¿Quién es el actor?

QUAGLIA, ELSIE ELIZABETH (actora).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales; actualización de remuneraciones y aportes; reconocimiento/ajuste de la PBU; declaración de inconstitucionalidad de la ley 27.609; intereses y aplicación de tasa.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario, por mayoría, confirmó parcialmente la sentencia apelada; diferió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N° 157/2018; e impuso las costas a la demandada sustancialmente vencida. Devuélvase oportunamente los autos al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "I. Confirmar parcialmente la sentencia apelada en los términos del presente. II. Diferir para la etapa de la ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609. III. Declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida (artículos 68 del CPCCN y 36 de la ley 27.423). IV. Insértese, hágase saber, publíquese y, oportunamente, devuélvase los autos al Juzgado de origen." "En lo concerniente a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos “Morales, Blanca Azucena” (Fallos: 346:634), mediante sentencia del 22 de junio de 2023, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 68 del CPCCN, por remisión del artículo 36 de la ley 27.423." "1.3.1 En lo concerniente al agravio vinculado con la omisión de consignar expresamente en el resuelvo lo relativo a la PBU de la parte actora, cabe señalar que, si bien el a quo no efectuó una mención expresa sobre dicha cuestión en la parte dispositiva de la sentencia, ello obedeció a que el resolutorio remitió a los considerandos del pronunciamiento, dándolos por reproducidos."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución se adoptó por mayoría y las adhesiones de los vocales se consignan en el cuerpo del acuerdo.

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