ASOCIACION MUTUAL SANCOR SALUD c/ FERREYRA, BRENDA s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO
Asociación Mutual Sancor Salud apeló la declaración de incompetencia del Juzgado Federal en una causa de cobro de pesos por presunto incumplimiento contractual. La Cámara rechazó el recurso y confirmó la resolución de grado al considerar que la controversia es patrimonial y de derecho común, sin comprometer directamente la aplicación del régimen federal de salud.
¿Quién es el actor?
Asociación Mutual Sancor Salud.
¿A quién se demanda?
Ferreyra, Brenda.
- Objeto de la demanda: Cobro de pesos / sumas de dinero por presunto incumplimiento de obligaciones derivadas de un contrato de medicina prepaga.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación de fs. 32/33 y, en consecuencia, se confirmó la resolución de fs. 29/31 (declaratoria de incompetencia del Juzgado Federal de Santa Rosa y remisión del expediente a la Oficina de Recepción de Expedientes de la Provincia de La Pampa, Primera Circunscripción).
- Fundamentos principales de la decisión (textos originales transcritos):
"4. En primer término, cabe recordar que la competencia federal reviste carácter excepcional y de interpretación restrictiva, por lo que su procedencia requiere una atribución clara, expresa o de necesaria implicancia en normas constitucionales o legales. En tal sentido, no corresponde extenderla por analogía ni por la sola invocación de normativa federal, sino únicamente cuando la controversia compromete de modo directo e inmediato su aplicación. Asimismo, para determinar la competencia debe atenderse a la real naturaleza de la relación jurídica y al objeto sustancial de la pretensión, con prescindencia de la calificación que las partes efectúen."
"5. De las constancias de autos surge que el objeto del proceso consiste en el cobro de una suma de dinero derivada del presunto incumplimiento de obligaciones emergentes de un contrato de medicina prepaga celebrado entre partes privadas. En consecuencia, la controversia se inscribe en el ámbito del derecho común, sin que se advierta la existencia de un elemento que, por su naturaleza, habilite la intervención de la justicia federal, tanto en razón de las personas, como en razón de la materia."
"En consecuencia, corresponde confirmar el decisorio de grado y rechazar el recurso de apelación interpuesto por la parte actora."
- Jurisprudencia citada: se reprodujo criterio de la CSJN en “B., M. R. c/ OSDE s/ incidente” (23/10/2025) y fallos posteriores (Fallos CSJN 2025:11076; 2025:15463; 2026:3635) para sostener que no estaba comprometida la aplicación directa del régimen federal de salud.
- Votos concurrentes y discrepancias: El Juez Leandro Sergio Picado manifestó no compartir ciertas consideraciones del voto preopinante en cuanto a daños y perjuicios, pero coincidió en el resultado de confirmar la resolución de grado y rechazar la apelación; el Juez Pablo A. Candisano Mera no suscribió la resolución (art. 3°, ley 23.482). La decisión de la Cámara corresponde a la mayoría que confirmó la incompetencia del fuero federal.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: