RIMAC PAJARES, MARGARITA YSABEL s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía: se declaró ciudadana argentina a Margarita Ysabel Rimac Pajares. El Juzgado declaró cumplidos los requisitos constitucionales y legales y ordenó expedir la carta de ciudadanía, advirtiendo la obligación de enrolarse en 12 meses y la posibilidad de pérdida de la nacionalidad anterior y de cancelación por fraude (art. 15 decreto 3213/84).
¿Quién es el actor?
Margarita Ysabel Rimac Pajares (peticionante).
¿A quién se demanda?
No existe parte demandada específica; trámite judicial de solicitud de carta de ciudadanía (expediente 381/2021, Juzgado Civil y Comercial Federal 2).
- Objeto de la demanda: Solicitud de concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la carta de ciudadanía.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la petición y se declaró ciudadana argentina a Margarita Ysabel Rimac Pajares (n. 16/05/1970, Salaverry, Trujillo, Perú), disponiéndose la expedición del título respectivo condicionado a que preste juramento de fidelidad a la República, su Constitución y sus leyes; se la informó sobre la obligación de enrolarse dentro de los doce meses (apercebimiento ley 24.755), sobre la posible pérdida de la nacionalidad anterior conforme al principio de unicidad, y sobre la posibilidad de cancelación de la ciudadanía si se conociera posteriormente algún impedimento legal (art. 15 del decreto 3213/84). Asimismo, ordenó oficiar a la Cámara Nacional Electoral, al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y a la Dirección Nacional de Migraciones (art. 110 ley 25871), registrar y notificar a la interesada y al Procurador Fiscal y archivar oportunamente.
- Fundamentos principales (transcripción literal de los párrafos más relevantes del fallo):
"Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescritas por la Constitución, la ley y su reglamento, para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina. Por ello, teniendo presente lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y atento la expresa manifestación de voluntad expuesta por la peticionante, RESUELVO: Declarar ciudadana argentina a Margarita Ysabel RIMAC PAJARES, nacida en Salaverry, Trujillo, República del Perú, el día 16 de mayo de 1970, y que es hija de Alberto Luciano RIMAC LÓPEZ y de Rosa PAJARES PIMINCHUMO, a quien se le extenderá el título respectivo siempre que bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República, su Constitución y sus leyes; haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro de los doce meses, bajo el apercibimiento dispuesto por la ley 24.755."
"Asimismo, hágasele saber que la concesión de la nacionalidad argentina podría importar -según el tradicional principio de unicidad de nacionalidad del derecho internacional público
- la pérdida de su nacionalidad anterior y que, tal concesión, se hará saber por la vía pertinente a su país de origen."
"Hágasele saber también que en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el art. 15 del decreto 3213/84 que determina la cancelación de la ciudadanía por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia; la resolución es de un Juez de primera instancia (firmado por Marcelo Bruno Dos Santos).
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