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GONZALEZ CRISTIAN ARIEL C/ OBISPO CAIRE VALENTINA S/ COBRO DE HONORARIOS

Demanda por cobro de honorarios y ejecución con embargo sobre haberes. La Cámara, por mayoría, confirmó las resoluciones del 03/03/2026 y 21/03/2026 que mantuvieron la ejecución y el embargo al entender que el beneficio de litigar sin gastos, concedido con posterioridad a la regulación firme de honorarios, no opera retroactivamente.

Apelacion Cobro de honorarios Embargo sobre haberes Beneficio de litigar sin gastos Irretroactividad Preclusion Ejecucion Costas Sentencia confirmada Disidencia judicial.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Gonzalez Cristian Ariel, abogado, que reclama la ejecución y cobro de honorarios regulados. Demandado: Obispo Caire Valentina, ejecutada sobre sus haberes. Objeto: Cobro de honorarios profesionales (8 IUS regulatorios más 10% por aportes y más intereses) y ejecución con embargo sobre salario. Decisión: Por mayoría, la Cámara confirmó las resoluciones apeladas de fecha 03/03/2026 y 21/03/2026. Se rechazó el planteo de que el beneficio de litigar sin gastos obste la ejecución y se mantuvo la ejecución y el embargo; costas de Alzada a la apelante.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones literales de párrafos relevantes del fallo): "Que el Juez de la instancia anterior, no hizo lugar a lo expuesto y solicitado por la parte demandada el 18/02/2026 que en los siguientes términos pretendía '.., no correspondiendo la ejecución de los honorarios reclamados por el actor, atento gozar la suscripta de beneficio de litigar sin gastos provisorio, solicito se levante el embargo que fuera trabado sobre mis haberes como empleada de AMX S.A, como así también se devuelvan los fondos que ya han sido embargados sobre mi sueldo...'." (voto Sosa Aubone, consideración del precedente) "En la presente causa el beneficio fue interpuesto el 01/11/2025 y concedido el provisorio el 05/11/2025, razón por la cual no alcanza automáticamente los honorarios regulados con anterioridad (03/10/2025) y exigibles desde el 25/10/2025, que aquí se ejecutan sin que sea obstáculo que esto último sea de fecha posterior (04/11/2025). Corresponde entonces sostener que la ejecución del crédito firme y la medida cautelar ordenada el 03/12/2025 -embargo sobre sueldo
- deben continuar: la franquicia se promovió con posterioridad a la condena en costas a la aquí apelante ... y a la regulación firme de los honorarios, careciendo de efectos retroactivos, y resultando inoponible al crédito profesional cuya existencia, cuantía y exigibilidad quedaron consolidadas con anterioridad." (voto Sosa Aubone, fundamento mayoritario) Voto disidente (Dr. López Muro): "De esta secuencia se desprende que la solicitud del beneficio precedió a la promoción de la ejecución y que la franquicia provisoria ya había sido concedida cuando se ordenó la medida destinada a hacer efectivo el crédito. No se pretende, entonces, revisar la existencia ni la cuantía de los honorarios, que permanecen incólumes, ni retrotraer una ejecución ya consumada, sino determinar si corresponde avanzar coactivamente sobre el patrimonio de quien había solicitado y obtenido provisoriamente la tutela prevista por los arts. 78 y siguientes del Código Procesal.... Propongo hacer lugar al recurso, revocar la resolución apelada y suspender el trámite de la ejecución hasta que se dicte resolución definitiva en el incidente de beneficio de litigar sin gastos. ... Por ello, corresponde dejar sin efecto, mientras tanto, el embargo trabado sobre los haberes de la demandada y disponer la devolución de las sumas retenidas en su consecuencia, si las hubiera." (voto en disidencia del Dr. López Muro)

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