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Incidente Nº 4 - IMPUTADO: SMAIN, NATALIA MARCELA s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA

Incidente de suspensión de juicio a prueba solicitado respecto de Natalia Marcela Smain por cumplimiento de las reglas de conducta. La Cámara sobreseyó a la imputada por extinción de la acción penal (art. 76 ter C.P. y art. 336 inc. 1 C.P.P.N.), por haber cumplido con las obligaciones impuestas y carecer de antecedentes.

Suspension de juicio a prueba Sobreseimiento Extincion de la accion penal Art. 76 ter c.p. Art. 336 inc.1 c.p.p.n. Trabajos comunitarios Ministerio publico fiscal Tribunal oral federal Antecedentes Ejecucion penal.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (dictamen del Fiscal General en el incidente de ejecución de la suspensión de juicio a prueba), Secretaría de Ejecución Penal del Tribunal Oral Federal N°3 de Rosario intervino en el trámite. Demandado: Natalia Marcela Smain, DNI 25.804.899 (en el texto figura también como 25.840.899 en la parte resolutiva). Objeto: Resolución del incidente de suspensión del juicio a prueba y pronunciamiento sobre la extinción de la acción penal por cumplimiento de las reglas impuestas (trabajos comunitarios, etc.). Decisión: Se sobreseyó a Natalia Marcela Smain por extinción de la acción penal (art. 76 ter del C.P. y art. 336, inciso 1, del C.P.P.N.). Se agregó la documental reservada a los autos principales, se comunicó la resolución a Secretaría de Trámite y se libraron las comunicaciones pertinentes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Corresponde resolver la situación procesal de Natalia Marcela Smain, DNI 25.804.899, a quien, oportunamente, se le otorgó la suspensión del proceso a prueba, imponiéndosele el cumplimiento de las reglas de conducta indicadas en la resolución Nro. 87/18, de fecha 2 de julio de 2018." "Tal como resulta acreditado con las constancias obrantes en autos a fojas 32 y lo dictaminado por el representante del Ministerio Público Fiscal a fojas 35 (a lo que me remito en honor a la brevedad), la causante cumplió con las exigencias que se le impusieron relativas a realizar trabajos comunitarios en Coordinación de Cultura del Distrito Sudoeste, Secretaría de Educación y Cultura de la Municipalidad de Rosario, tres horas por semana, por el término de un año." "Asimismo, en el incidente de mención, se encuentra agregado, a fojas 36, el informe de antecedentes remitidos por el Registro Nacional de Reincidencia, del cual surge que la encausada no registra antecedentes penales." "Por tales motivos, y de conformidad con lo dictaminado por el señor Fiscal General, corresponde dictar el sobreseimiento de Natalia Marcela Smain, por extinción de la acción penal (art. 76 ter del C.P. y art. 336, inciso 1), del C.P.P.N.)." (No hubo votos en disidencia consignados; la resolución es un acto del Tribunal tal como consta en la parte resolutiva.)

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