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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MELGAREJO, OMAR EZEQUIEL Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

Solicitud de aclaratoria para corregir la calificación de reincidencia en una condena por narcotráfico. La Cámara (Tribunal Oral) hizo lugar a la aclaratoria y rectificó el punto I de la sentencia Nº 173/24, dejando sin efecto la declaración de reincidencia de Paola Carina Escobedo por error material.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Defensa representada por el Dr. Gabriel Micheloud, en interés de Paola Carina Escobedo. Demandado: Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe (a través del incidente de aclaratoria contra la sentencia Nº 173/24). Objeto: Aclaración/rectificación de la sentencia de condena para dejar sin efecto la declaración de reincidencia de Paola Carina Escobedo, por entender la defensa que dicha declaración fue errónea y no se había pactado en el acuerdo con la Fiscalía. Decisión: Se hizo lugar a la aclaratoria y se rectificó el punto I de la sentencia Nº 173/24, dejando sin efecto la declaración de reincidencia de Paola Carina Escobedo. Se ordenó agregar el original al expediente y protocolizar copia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "I.
- Que el 28 de noviembre del año en curso, el Dr. Gabriel Micheloud solicita se aclare la sentencia N° 173/24 dictada por este Tribunal en fecha 20 de noviembre de 2024, manifestando que se ha incurrido en un error al declarar reincidente a su pupila Paola Carina Escobedo, atento a que la declaración de reincidencia no ha formado parte del acuerdo celebrado con la fiscalía. ... En definitiva, entonces, la consideración defensista de entender que el tribunal ha incurrido en un exceso al declarar la reincidencia cuando ella no ha sido parte del acuerdo de juicio, debe rechazarse." "II.
- Ahora bien, más allá de la facultad de este tribunal de poder declarar la reincidencia –aún cuando esta no haya sido parte del acuerdo de juicio abreviado-, en este caso particular le asiste razón a la defensa en orden al agravio referido a la errónea declaración de reincidencia decidida en la especie. Así, surge de las constancias de autos el yerro material en que se ha incurrido, dada la imposibilidad de aplicar el instituto de reincidencia a Paola Carina Escobedo, toda vez que se valoró como antecedente la sentencia condenatoria dictada por este mismo tribunal en causa FRO 8590/2014 “Melgarejo, Omar Ezequiel y otros” en fecha 8 de abril de 2016, en la cual la encartada no ha cumplido pena efectiva, en virtud de haber sido excarcelada en forma previa al dictado de la sentencia condenatoria. En consecuencia, en aras de la corresponde la correcta imposición de la pena, y el bien común, corresponde impone aquí aclararlo." "Por todo ello, RESUELVO: RECTIFICAR el punto I.
- de la sentencia Nº 173/24 dictada en la presente causa, dejando sin efecto la declaración de reincidencia de PAOLA CARINA ESCOBEDO, cuyos demás datos de identidad son de figuración en autos. Agréguese el original al expediente, protocolícese la copia y hágase saber." (No se registran votos en disidencia en el texto aportado.)

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