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Legajo Nº 24 - IMPUTADO: ACIERNO , VANESA s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL

Incidente de ejecución de pena promovido por Vanesa Andrea Acierno para ser incluida en el régimen abierto Casas por Cárceles. El Tribunal rechazó la incorporación por considerar que las previsiones provinciales invaden competencias del Congreso y que, conforme a la ley 24.660 (modificada por la ley 27.375), el régimen abierto resulta prematuro y no aplicable en la presente etapa.

Incidente de ejecucion Regimen abierto Casas por carceles Ley 24.660 Art. 56 bis Ley 12.256 (pba) Inconstitucionalidad provincial Progresividad Tenencia con fines de comercializacion Incorporacion denegada

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Vanesa Andrea Acierno, promoviendo su incorporación al régimen abierto "Casas por Cárceles". Demandado: Tribunal Oral Federal de Mar del Plata / Ministerio Público Fiscal (oposición fiscal) en el marco del legajo de ejecución de pena; pedido dirigido a la autoridad encargada del cumplimiento de la pena. Objeto: Incorporación al régimen abierto "Casas por Cárceles" (ley provincial 12.256 y su resolución reglamentaria RESOL-2018-256-GDEBAMJGP) para efectos de progresividad en el cumplimiento de la pena. Decisión: Se rechazó la incorporación de Vanesa Andrea Acierno al régimen abierto "Casas por Cárceles" (arts. 3, 15 y 56 bis de la ley 24.660 y art. 123 del C.P.P.N.) y se comunicó lo resuelto al Tribunal en lo Criminal Nº 4 Departamental, en la causa 2608.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Que mediante sentencia de fecha 10 de septiembre de 2024 dictada por este tribunal en causa FMP 10975/2017/TO1, Vanesa Acierno... fue condenada a la pena de seis (6) años de prisión de efectivo cumplimiento... Del cómputo de pena practicado, surge que el vencimiento de la pena impuesta a su respecto operará el 8 de julio de 2027." "Que para el régimen de cumplimiento de pena, la aplicación del régimen abierto “casas por cárceles” previsto por la ley de ejecución penal nro. 12.256 de la Provincia de Buenos Aires ... y/o la resolución del Ministerio de Justicia de esa provincia RESOL-2018-256-GDEBAMJGP –conforme criterio sostenido por el fiscal-, no son parte integrante de las potestades delegadas por las provincias al Gobierno Central en el artículo 75 inc. 12 de la C.N.... En virtud de ello, la aplicación al caso concreto de las previsiones contenidas en la ley 12.256 de la Provincia de Buenos Aires y aquellas que la reglamentan ... son de una jurisdicción extraña y, por ende, con vicios de inconstitucionalidad (art. 3 de la ley 24.660)." "En efecto... va de suyo que el marco normativo de aplicación se encuentra circunscripto a lo normado por los arts. 15, 56 bis, 56 quáter de la citada ley." Se incorporan además las disposiciones textuales citadas por el tribunal: "El periodo de prueba consistirá en el empleo sistemático de métodos de autogobierno... Son requisitos necesarios para el ingreso al período de prueba: ... Pena temporal ... la mitad de la condena; (...) 3) No tener causa abierta u otra condena pendiente. 4) Poseer conducta ejemplar y concepto ejemplar." y "No podrán otorgarse los beneficios comprendidos en el período de prueba a los condenados por los siguientes delitos: (...) 10) Delitos previstos en los artículos 5°, 6° y 7° de la ley 23.737..." y la regulación del art. 56 quáter sobre régimen preparatorio para la liberación. Finalmente el tribunal concluye: "siendo todo esto así, y por conjugado el monto de la pena pendiente de cumplimiento por parte de Acierno con las previsiones precitadas, su inclusión al régimen abierto de autogobierno resulta prematuro, por lo que RESUELVO: I) NO HACER LUGAR a la incorporación..."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la decisión es dictada por el tribunal en el dispositivo final.

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