Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: VARELA TECHERA, MATIAS IVAN s/INFRACCION LEY 23.737 DENUNCIANTE: IDENTIDAD RESERVADA Y OTRO
Causa por infracción a la ley 23.737 por contrabando y tenencia con fines de comercialización. El Tribunal absolvió por el delito de cultivo (tercer hecho) y condenó al imputado como autor de contrabando en grado de tentativa y tenencia con fines de comercialización en concurso real a 4 años y 6 meses de prisión y multa de $162.000, disponiendo además el decomiso del dinero y una motocicleta.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Auxiliar Fiscal Julieta Moyano Ludueña).
- Demandado / Imputado: Matías Iván Varela Techera, DNI 43.403.851.
- Objeto de la causa: Juicio por hechos relativos a infracción a la ley 23.737 –comisión de contrabando de estupefacientes en grado de tentativa (hecho primero), tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (hecho segundo) y cultivo de estupefacientes (hecho tercero)– vinculados a secuestros realizados el 03/07/2019 en el Aeropuerto de Córdoba y el allanamiento del 18/10/2019 en su domicilio en CABA.
¿Qué se resolvió?
Se absolvió a Varela Techera respecto del hecho tercero (cultivo de estupefacientes) y se lo condenó, en concurso real, como autor del delito de contrabando de estupefacientes en grado de tentativa (hecho primero) y de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (hecho segundo) a la pena de cuatro años y seis meses de prisión, multa de $162.000 (45 unidades fijas), accesorias legales y costas; además se ordenó el decomiso del dinero secuestrado ($149.000 y USD 9.210), la motocicleta KTM dominio A108EHL y la destrucción/ decomiso del material estupefaciente. (Ver resolución dispositiva íntegra transcrita arriba.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
1) Sobre la absolución del hecho tercero: "antes de avanzar es preciso aclarar que teniendo en cuenta la falta de acusación fiscal respecto al hecho nominado tercero atribuido a Matías Iván Varela Techera, el mismo no será objeto de valoración correspondiendo dictar la absolución en orden al delito de cultivo de estupefacientes, en los términos del art. 5 inc. 'a' de la ley 23737. Es que al no haber controversia que resolver, resulta de aplicación la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Mostaccio, Julio Gabriel s/homicidio culposo'..., que estableció que la imposición de una condena en estas condiciones trasgrediría las garantías constitucionales de la defensa en juicio y el debido proceso."
2) Sobre el contrabando intentado (hecho primero): "la conducta desplegada en el primer hecho por el imputado ... encuadra jurídicamente en el delito de contrabando de estupefacientes en grado de tentativa, en carácter de autor ... El contrabando de estupefacientes pergeñado por Varela Techera no logró consumarse debido a una acción ajena a su voluntad que le impidió la consumación, ... por tanto, el delito resultó tentado en los términos del art. 871 del Código Aduanero."
3) Sobre la tenencia con fines de comercialización (hecho segundo): "no existen dudas acerca de la presencia de los elementos exigidos por la norma para la configuración del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización ... se constató que el material estupefaciente se encontraba en la habitación de su departamento ... lo
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: