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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FERNANDEZ, MARCOS FABIAN Y OTROS s/CONTRABANDO ARTICULO 863 - CODIGO ADUANERO, CONTRABANDO ARTICULO 864, INC. D) - CODIGO ADUANERO, CONTRABANDO AGRAVADO ARTICULO 865, INC. A) - CODIGO ADUANERO y CONTRABANDO DE ESTUPEFACIENTES ARTICULO 866, 2º PARRAFO - CODIGO ADUANERO QUERELLANTE: AFIP - DGA

Prórroga de prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público Fiscal contra Pablo Elías Castricini por delitos de contrabando de exportación de estupefacientes. La Cámara hizo lugar al pedido y prorrogó la prisión preventiva por seis meses desde el 3 de marzo de 2025, comunicando la resolución a la Casación y al Consejo de la Magistratura.

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¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representante fiscal que interpuso el pedido de prórroga).
- Demandado / afectado por la medida: Pablo Elías Castricini, DNI 39.119.363.
- Objeto de la petición: Prórroga de la prisión preventiva del imputado por seis meses o hasta el dictado de sentencia, en el marco de la causa por contrabando de exportación de sustancia estupefaciente (arts. 863, 864 inc. d), 865 inc. a) y 866 2º párr. del Código Aduanero).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal y se prorrogó la prisión preventiva de Pablo Elías Castricini a partir del 03/03/2025 por el plazo de seis meses, con vencimiento el 03/09/2025 o hasta el dictado de la sentencia correspondiente; además se ordenó comunicar la resolución a la Cámara Federal de Casación Penal y al Consejo de la Magistratura, y publicar en el CIJ. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
- "Que de acuerdo a las constancias de la causa, el encartado Pablo Elías Castricini se encuentran detenido de manera ininterrumpida desde el día 03 de marzo de 2023."
- "Hizo hincapié en el delito atribuido al encausado al momento del requerimiento de elevación a juicio, siendo los hechos calificados como: 'contrabando de exportación de sustancia estupefaciente agravado por estar destinada inequívocamente a su comercialización y por la intervención de tres o más personas (arts. 863, 864 inc. d), 865 inc. a) y 866 segunda parte del Código Aduanero -ley 22.415-'. Destacó que '...la eventual pena correspondiente al ilícito atribuido tiene un mínimo de 4 años y un máximo de 12 años de prisión. Por esa razón el delito no sería excarcelable de acuerdo a las pautas objetivas de los artículos 316 y 317 del CPPN, aspecto también mencionado por el inciso b. del artículo 221 del CPPF como pauta a tener en cuenta'."
- "En ese marco, teniendo en consideración el estado de la presente causa, consideramos que se torna absolutamente necesario garantizar la comparecencia del imputado al juicio para que este no se frustre (art. 366 CPPN) y velar por la integridad de la prueba a producirse en aquél, como así también de la prueba que se está diligenciando. Lo contrario pondría en riesgo la correcta realización de la audiencia de debate."
- "En definitiva, por todo lo expuesto y considerando principalmente que no han variado las condiciones personales del imputado tenidas en cuenta al momento de instituir la medida cautelar en cuestión, corresponde prorrogar la prisión preventiva de Pablo Elías Castricini." Disidencias: No constan votos en disidencia; la parte resolutiva final es unánime según las firmas.

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