Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: SILVA, JORGE ADRIAN s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Procedimiento abreviado homologado y condena por tenencia con fines de comercialización. La Cámara homologó el acuerdo de procedimiento abreviado y condenó a Jorge Adrián Silva a 4 años de prisión efectiva, multa de $135.000 y accesorias, unificando con sentencias anteriores para imponer una pena única de 8 años y medidas accesorias.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (representado por el Dr. Mariano Barabani).
Demandado: Jorge Adrián Silva, DNI 34.492.312 (imputado).
Objeto: Homologación de un acuerdo de procedimiento abreviado por la comisión del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia con fines de comercialización (art. 5 inc. c ley 23.737).
Decisión: Se hizo lugar al procedimiento abreviado y se homologó el acuerdo, condenando a Jorge Adrián Silva a 4 años de prisión efectiva, multa de 45 unidades fijas equivalentes a $135.000, accesorias legales y costas; se unificó esa condena con sentencias previas para imponer pena única de 8 años de prisión, multa y demás accesorias; se ordenó decomiso de $24.200 y un celular, inclusión de gastos de pericias por $146.266,75 en costas, destrucción del estupefaciente, devolución de efectos no vinculados, levantamiento de inhibición general, pago de tasa de justicia $1.500 y fijación del cómputo de pena con vencimiento el 22/11/2028 a las 12:00 horas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En virtud de lo acordado por las partes y de conformidad a lo prescripto en los artículos 398 y 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, RESUELVO: I. Hacer lugar a la solicitud de procedimiento abreviado y homologar el acuerdo presentado por las partes en los términos del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación."
"II. Condenar a Jorge Adrián Silva, DNI 34.492.312, cuyos demás datos de identidad obran en la causa, a la pena de 4 años de prisión efectiva, multa de 45 unidades fijas equivalentes a pesos $135.000, accesorias legales y costas, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia de dichas sustancias con fines de comercialización, previsto en el artículo 5 inciso c de la ley 23.737 (conforme artículos 12, 19, 29 inc. 3 y 45 del CP, y 530, 531 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación)."
"III. Unificar la condena precedente con la dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 3 de Rosario dictada en fecha 06 de mayo de 2024 ... e imponer a Jorge Adrián Silva la pena única de 8 años de prisión, multa de 45 unidades fijas equivalentes a pesos $135.000 y 45 unidades fijas de la condena dictada por el TOF 3, accesorias legales y costas."
Se dejó constancia además que "los fundamentos de la sentencia han sido expuestos oralmente en el marco de esta audiencia". No hay votos en disidencia consignados en el acta; la resolución fue dictada por Presidencia del Tribunal en la audiencia de procedimiento abreviado.
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