Legajo Nº 55 - IMPUTADO: PILI, MARIA EVA s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL
La defensa de María Eva Pili solicitó que se declare la prescripción de la multa y el vencimiento de la pena privativa de libertad. El Tribunal declaró prescrita la multa de 45 unidades fijas y dispuso la libertad de María Eva Pili por agotamiento de la pena de seis años, con efectivización el 7 de marzo de 2025.
¿Quién es el actor?
La defensa de María Eva Pili (peticionante en el incidente de ejecución penal).
- Demandado / parte requerida: Tribunal Oral Federal de Mar del Plata (materia de ejecución penal); fiscal interviniente (adujo coincidencia).
- Objeto de la demanda: Declaración de prescripción de la pena de multa, cómputo y vencimiento de la pena privativa de libertad y orden de libertad.
¿Qué se resolvió?
Se declaró prescrita la pena de multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas que pesaba sobre María Eva Pili, y se dispuso su libertad por agotamiento de la pena temporal de seis (6) años de prisión, la que se hará efectiva el 7 de marzo de 2025 desde el domicilio fijado para cumplimiento en modalidad de arresto domiciliario, siempre que no exista orden restrictiva de otra autoridad.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"El art. 65 del CP, dispone: 'Las penas se prescriben en los términos siguientes: (…) 4. La de multa, a los 2 años.' Asimismo, el art. 66 del CP, sostiene: 'La prescripción de la pena empezará a correr desde la medianoche del día en que se notificare al reo la sentencia firme o desde el quebrantamiento de la condena, si ésta hubiera empezado a cumplirse'."
"En efecto, habiendo sido superado el control de legalidad, toda vez que desde la imposición de la pena de multa a la actualidad, han transcurrido -en exceso
- los dos años exigidos por la norma para que opere su prescripción, la pretensión defensista con anuencia del sr. fiscal, tendrá acogida favorable."
"Del cómputo confeccionado por secretaría a su respecto, surge que el vencimiento de la pena privativa de libertad que le fuera impuesta, operará el 7 de marzo de 2025."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el dispositivo; la decisión fue acordada por el tribunal y no se registran votos discrepantes en el texto.
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