Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BORDON, KEVIN ALAN s/INFRACCION LEY 23.737
Imputado por tenencia simple de estupefacientes por el secuestro de 229,13 g de marihuana y 7,3 g de cocaína en su domicilio. El Tribunal Oral Federal de Rosario condenó a Kevin Alan Bordón a tres años de prisión en ejecución condicional, multa de $200 y costas por considerarlo autor del delito previsto en el art. 14, primer párrafo, de la ley 23.737.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fiscalía (Fiscal General solicitó pena).
Demandado: Kevin Alan Bordón, DNI 40.970.916.
Objeto: Se le imputó la tenencia simple de estupefacientes por el secuestro en su domicilio de 8 envoltorios con marihuana, 1 planta de marihuana, 4 plantines, un trozo compacto de marihuana, un envoltorio con cocaína, una cinta con vestigios y una bolsa con marihuana; pesos totales indicados en el acta: 89 g las plantas, 229,13 g total de marihuana y 7,3 g de cocaína.
Decisión: Se condenó a Kevin Alan Bordón a la pena de tres (3) años de prisión de ejecución condicional (art. 26 C.P.), multa de pesos doscientos ($200) y costas, por considerarlo autor (art. 45 C.P.) penalmente responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes, previsto y penado en el art. 14, primer párrafo, de la ley 23.737. (La presente descripción se ajusta al bloque dispositivo final transcripto).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes):
"Conforme surge de los hechos narrados por la Fiscalía, se le atribuye responsabilidad penal al acusado por: Tener 8 envoltorios con marihuana, una planta de marihuana, 4 plantines de marihuana, un trozo compacto de marihuana, un envoltorio con cocaína, cierta cantidad de marihuana suelta en una bosa, un cigarrillo de marihuana y un trozo de cinta de embalar con vestigios de marihuana, los que arrojaron un peso de 89 gramos las plantas, 229,13 gramos total de marihuana y 7,3 gramos la cocaína, elementos que fueron secuestrados en el domicilio sito en calle Alemania 1530 de esta ciudad, en fecha 14/6/2020..."
"Se le pregunta al acusado, en forma individual, si ha escuchado y entendido los hechos que les ha atribuido la fiscalía y si acepta su responsabilidad en los mismos, y responde afirmativamente."
"Acreditada la materialidad de los hechos y la autoría de los mismos por parte del acusado, corresponde verificar el encuadramiento legal de su conducta... se presenta como razonable y fundada la calificación convenida por las partes, conforme las previsiones del art 14, primer párrafo, de la ley 23.737."
No consta voto en disidencia en la sentencia; la resolución mayoritaria es la condenatoria indicada.
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