Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ROBLEDO, FABIAN BERNARDO Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737
Imputados fueron juzgados por tráfico de estupefacientes y el Tribunal Oral confirmó la responsabilidad penal. La Cámara (Tribunal Oral) condenó a varios imputados a penas de prisión (principalmente 4 años) y multas, unificando la pena de Darío Sosa en 5 años 5 meses y dejando en suspenso la pena de Ana Laura Robledo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (fiscal federal coadyuvante Dra. Jimena Caula).
- A quién se demanda (Demandado / Imputados): Fabián Bernardo Robledo; Silvia Graciela Blanco; Gisel Natalí Alegre; Fabián Esequiel Robledo; Alberto Sebastián Duarte; Alejandra Aylen Alegre; Ana Laura Robledo; Darío Sosa.
- Qué se reclama (Objeto de la acción penal): Comisión de delitos previstos en la ley 23.737 (tráfico de estupefacientes), en modalidades de tenencia con fines de comercialización y comercialización; participación de varios sujetos en organización.
Decisión: Se condenó a Fabián Bernardo Robledo a 4 años de prisión y multa de 45 unidades fijas por tráfico de estupefacientes (tenencia con fines de comercialización y comercialización). Se condenó a Fabián Esequiel Robledo, Alberto Duarte y Darío Sosa como autores del delito en modalidad de comercio a 4 años de prisión y multa de 45 unidades fijas cada uno; se unificó la pena de Sosa a 5 años y 5 meses y multa de 45 unidades. Se condenó a Silvia Blanco, Gisel Alegre y Alejandra Alegre como partícipes secundarias a 2 años de prisión y multa de 22,5 unidades fijas; a Ana Laura Robledo se le impuso 2 años de prisión y multa de 22,5 unidades, pena que quedó en suspenso con reglas de conducta por 2 años. Se ordenó cómputo de penas, destrucción de estupefaciente, devolución y retención del dinero incautado ($2.962.660 en garantía) y el pago de costas ($4.700). (La descripción precedente se corresponde con el dispositivo transcripto en la Parte Resolutiva.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) “Conforme la información colectada y como corolario de las tareas de inteligencia efectuadas -a solicitud del fiscal
- se autorizan los distintos allanamientos, los cuales se cumplimentan el día 16 de septiembre del 2023 ... Como consecuencia se produce el secuestro de material estupefaciente y otros elementos de interés para la causa, los cuales obran detallados en las actas respectivas ... como así también la detención de los nombrados ...” (fs. 771/772, 775/782, 785/790, 793/796, 812/814 y 818/820).
2) “Todos estos elementos permiten comprobar fehacientemente la ocurrencia de los hechos reconocidos por los encausados en el acuerdo de juicio abreviado, y son compatibles con el trabajo investigativo ...” (Considerando I). “Las comprobaciones técnicas ... confirman que la sustancias se tratan de clorhidrato de cocaína y marihuana ... quedando acreditada la efectiva naturaleza, calidad y cantidad de la droga secuestrada.” (Considerando II).
3) Sobre la tenencia con fines de comercialización y comercio: “Estos elementos probatorios analizados en forma integral, me posibilitan otorgar sustento a la admisión expresa de responsabilidad penal efectuada en el acuerdo de juicio abreviado y apartarme de la figura residual contemplada en el art. 14 párrafo 1ero. de la ley 23.737.” (Considerando IV.a). Se transcriben comunicaciones telefónicas como prueba indiciaria: por ejemplo, “COMUNICACIÓN CD Nº 208 (08/02/23) ... ALEGRE ‘en total dosciento die don Fabio’; ROBLEDO ‘como dosciento die’; ALEGRE ‘gra, gramo’; ROBLEDO ‘dosciento gramo’ ...” y otras (Considerando IV.a y IV.b).
4) Sobre individualización de la pena en juicio abreviado: “el monto propiciado por el Ministerio Público Fiscal forma parte del acuerdo realizado con los imputados; y que conforme lo previsto por el art. 431 bis inc. 5° del CPPN me veo imposibilitado de imponer una superior o más grave que la peticionada ... se les impondrá la pena de cuatro (4) años de prisión ...” (Considerando V).
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el dispositivo final; la resolución es del Tribunal Oral (firmada por el Juez de Cámara).
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