N.,, N.L. c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS - PAMI - s/PRESTACIONES FARMACOLÓGICAS
La actora solicitó cobertura de un esquema de quimioterapia (DOSTARLIMAB 500 mg c/21 días + paclitaxel y carboplatino) por cáncer de endometrio con metástasis. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la medida cautelar que ordenó a PAMI la provisión del tratamiento, por entender acreditados prima facie la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, e impuso costas a la recurrente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Señora N., N. L., representada con patrocinio del Defensor Público Oficial coadyuvante.
Demandado: Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI / INSSJP).
Objeto: Cobertura urgente del esquema de quimioterapia prescripto por el médico tratante: DOSTARLIMAB comprimidos 500 mg cada 21 días combinado con Paclitaxel 30 mg x 10 envases y Carboplatino 150 mg x 4 envases, por padecer "CÁNCER DE ENDOMETRIO CON MTTS PERITONEALES Y PULMONARES MÚLTIPLES".
Decisión: Se confirmó el auto interlocutorio de fecha 14 de enero de 2025 que hizo lugar a la medida cautelar ordenando a PAMI autorizar el esquema de quimioterapia prescripto; se impusieron las costas de la Alzada a la recurrente y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones seleccionadas):
"Con respecto a la 'verosimilitud del derecho'... su análisis debe persuadir en términos suficientes de la razón que asistiría a quien peticiona el auxilio jurisdiccional... 'un conocimiento periférico o superficial dirigido a lograr una decisión de mera probabilidad respecto de la existencia del derecho discutido'."
"De la prueba arrimada a la causa surge que la accionante... cuenta con un diagnóstico de '...cáncer de endometrio con mtts peritoneales y pulmonares múltiples'... El doctor Sergio R. Rodriguez... solicita DOSTARLIMAB 500 MG CADA 21 DÍAS + pacilitasel + carboplatino... Solicito provisión dado a que su enfermedad está progresando rápidamente..."
"En cuanto al 'peligro en la demora', aparece agudizado en la presente causa, ya que de negarse a la amparista la cobertura de lo solicitado, ello podría influir gravemente en su estado de salud... más aún cuando el médico tratante menciona que la enfermedad está progresando rápidamente."
"La resolución apelada se circunscribe al dictado de una medida precautoria, por lo que el examen de los requisitos previstos en el art. 1 de la Ley 16.986 se realizará al momento de resolver el fondo de la cuestión debatida, no correspondiendo efectuar el mismo en esta instancia preliminar. En consecuencia, corresponde rechazar sin más el tema propuesto por el apelante."
- Votos en disidencia relevantes: No consta disidencia en la parte resolutiva; la decisión fue acordada por la Cámara según el texto final.
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