COLAGIOVANNI, MARIA DEL CARMEN c/ AFIP s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Colagiovanni promovió acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra la AFIP. La Cámara Federal de Rosario rechazó los recursos de ambas partes y confirmó la sentencia de primera instancia, distribuyendo costas y regulando honorarios en un 30% sobre lo fijado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
María del Carmen Colagiovanni.
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió?
Se rechazaron los recursos interpuestos por las partes y se confirmó la sentencia de primera instancia, en lo que fue materia de agravio; se distribuyeron las costas de alzada en el orden causado y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes en un treinta por ciento (30%) de lo que se les fijó por su actuación en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
Del Dr. Aníbal Pineda:
"1.
- En relación al recurso deducido por la demandada, las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, Sala 'A', mediante Acuerdos de fechas 08 de febrero de 2023 y 08 de marzo de 2023, dictados en las causas Nros. FRO 42397/2019, caratulado: 'TADEY, Huri Myriam c/ ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD' y FRO 18958/2020/CA1, caratulado: 'TURBAY, Julio César c/ AFIP s/ ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD', respectivamente, entre otros, (los que pueden ser consultados en la página http://www.cij.gov.ar/sentencias.html), a los que cabe remitir por razones de brevedad."
"2.
- En cuanto las costas -motivo de agravio por la parte actora
- cabe confirmar la distribución efectuada en primera instancia e imponer de igual modo las de la Alzada, en atención a la naturaleza de la cuestión debatida y la dificultad en cuanto a la disparidad jurisprudencial."
"3.
- En consecuencia, cabe rechazar los recursos interpuestos y confirmar la sentencia de primera instancia, en lo que fue materia de agravio."
Del Dr. Fernando Lorenzo Barbará (adhesión):
"2.
- Adhiero a la solución propuesta por el Dr. Pineda por compartir lo sustancial de sus fundamentos."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la Dra. Andalaf Casiello no participó del acuerdo por estar fuera de la jurisdicción.
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