DIAZ, JESICA PAOLA c/ EMPRESA LINEA 216 SAT s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Demanda por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito contra Empresa Línea 2016 SAT y aseguradora. La Cámara Civil - Sala E modificó parcialmente la sentencia de grado: redujo la indemnización por incapacidad sobreviniente a $8.500.000, diferenció la cuestión de intereses para ejecución y confirmó el resto del pronunciamiento; impuso costas de Alzada a la demandada.
¿Quién es el actor?
Jesica Paola Díaz.
¿A quién se demanda?
Empresa Línea 2016 SAT y Escudos Seguros S.A. (citada en garantía).
- Objeto de la demanda: Reclamo por daños y perjuicios (accidente de tránsito con lesiones y secuelas, incluyendo incapacidad sobreviniente, tratamiento futuro y daño extrapatrimonial).
¿Qué se resolvió?
La Cámara redujo la suma reconocida por incapacidad sobreviniente a $8.500.000; diferió el tratamiento de las quejas relativas a los intereses moratorios para la etapa de ejecución de la sentencia; confirmó la sentencia apelada en todo lo demás que fue materia de recurso; impuso las costas de Alzada a la demandada y fijará honorarios de Alzada una vez regulados los de grado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
1) Sobre la insuficiencia del agravio formal: "la recurrente no brinda razón para sustentar la queja, con lo que mal puede ser atendida, toda vez que no se desarrolla argumento alguno que permita ser analizado en la Alzada... no cumplen con los recaudos que exige el artículo 265 del Código Procesal."
2) Sobre la acreditación del nexo causal y la valoración pericial: "De modo que, a la luz de los artículos 386, 477, 458 in fine y 377 del CPCC, se impone aceptar el contenido de los dictámenes obrantes en autos... en este contexto, teniendo en cuenta lo que resulta de la contestación de oficio remitida por el Hospital General de Agudos Profesor Dr. Luis Guemes y lo dictaminado por la perito médica en su informe, no puedo más que tener por acreditada la relación causal entre las secuelas cervicales y lumbares detectadas y el hecho de autos."
3) Sobre la cuantificación de la incapacidad y la reducción del monto: "Por todo lo expuesto, dadas las secuelas que presenta la reclamante resultantes del accidente de autos –conforme a lo antes expuesto-, su edad y sus restantes condiciones personales, entiendo que corresponde reducir la suma otorgada por la incapacidad psicofísica sobreviniente a la suma de $ 8.500.000."
4) Sobre los intereses: "la fijación de intereses moratorios para el caso de incumplimiento en el pago de la condena resulta una cuestión prematura, pues deberá resolverse, eventualmente, en la etapa de ejecución de sentencia... propongo diferir el tratamiento de las quejas vertidas respecto a los intereses establecidos para el caso de demora en el pago de la condena para la etapa de ejecución de sentencia."
- Disidencia o concurrencia: La Dra. Marisa Sorini no intervino por hallarse en uso de licencia; los dos votos escritos (Fajre y Li Rosi) adhieren al resultado mayoritario y forman el Acuerdo que adoptó las medidas indicadas.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: