G, O D c/ N, M H Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Demandante reclamó indemnización por lesiones y secuelas derivadas de un siniestro vial. La Cámara Civil revocó la sentencia de primera instancia y condenó concurrentemente al conductor y a la aseguradora a pagar $19.000.000, con intereses y costas a cargo de los demandados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: O D G (Sr. Godoy).
Demandado: N (conductor, identificado en autos como M H N) y P de F Arg. C. De S L (citada en garantía / aseguradora).
Objeto: Daños y perjuicios (accidente de tránsito con lesiones y secuelas) derivados del siniestro ocurrido el 20/11/2019.
Decisión: Se revocó la sentencia apelada y se condenó en forma concurrente a M H N y a P de F Arg. C. De S L a abonar al demandante la suma de $19.000.000 en el plazo de diez días, con cómputo de accesorios según la tasa pura del 8% anual desde el día del hecho hasta la fecha y desde la fecha hasta el pago a la tasa activa cartera general (Banco Nación); en caso de liquidación judicial y mora se capitalizarán intereses según art. 770 inc. c) del CCCN; se impusieron las costas de ambas instancias a los demandados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "En función de lo expuesto y de conformidad con las reglas de la sana crítica (principio rector que debe guiar la apreciación de la prueba en el procedimiento civil, conf. art. 163, inc. 5 del Código Procesal), considero que existen en las presentes actuaciones constancias objetivas suficientes y presunciones precisas, graves y concordantes que generan convicción acerca del acaecimiento del hecho ilícito en las circunstancias referidas en el considerando II, contrariamente a lo sostenido en el fallo recurrido."
2) "En consecuencia, no pesa sobre la persona damnificada la carga de demostrar la culpabilidad de sus contrapartes, ni la acreditación de la propia diligencia tiene fuerza liberatoria, porque la imputación de la obligación de indemnizar se fundamenta en un factor de tipo objetivo... Por todo ello, y al no haber el Sr. N ni la citada en garantía demostrado la fractura del nexo causal con aptitud para exonerarlos de la obligación de indemnizar, voto por revocar la decisión dada al fondo del pleito por el señor juez a quo, declarando procedente la demanda..."
3) "Siguiendo esa orientación, a nivel jurisprudencial se han dictado numerosos fallos... propondré al Acuerdo fijar en $ 12.000.000, a valores vigentes al día de la fecha, la reparación de la incapacidad sobreviniente en su faceta física... estimo adecuado acordar a la víctima únicamente la reparación del tratamiento kinesiológico... en $ 800.000... voto por fijar en $ 6.000.000, a valores vigentes al día de la fecha, el resarcimiento del daño moral... propondré al Acuerdo: 1) Revocar la sentencia apelada, condenando ... a abonar al demandante la suma de $ 19.000.000..."
- Votos en disidencia: No hubo disidencia; los Dres. Iturbide, Pérez Pardo y Rodríguez "votan en el mismo sentido" tal como consta en el acuerdo.
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