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ALEY REAL, MARITZA YOVANI s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización presentada por una ciudadana peruana. El Juzgado Federal de Córdoba otorgó la ciudadanía argentina a Maritza Yovani Aley Real y ordenó su identificación dentro del plazo de un año, disponiendo las comunicaciones a Migraciones, RENAPER y la Cámara Nacional Electoral.

Ciudadania por naturalizacion Ley 346 Ley 24.533 Identificacion Carta de ciudadania Registro nacional de las personas Direccion nacional de migraciones Camara nacional electoral Juzgado federal de cordoba Juramento de lealtad.


¿Quién es el actor?

ALEY REAL, MARITZA YOVANI (solicitante).

¿A quién se demanda?

No corresponde (proceso de naturaleza administrativa/jurisdiccional para otorgamiento de ciudadanía).
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización presentada el 12/06/2024, acreditando nacimiento en Shonca, Provincia del Santa, República del Perú, el 10/02/1980, y demás antecedentes personales y de identidad.

¿Qué se resolvió?

Se otorgó la Ciudadanía Argentina a ALEY REAL, MARITZA YOVANI con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a su Constitución y Legislación; se la emplazó a identificarse como argentina naturalizada en el plazo de un año para extender la Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la resolución, y se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951." "II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente." "RESUELVO 1) Otorgar la Ciudadanía Argentina a ALEY REAL, MARITZA YOVANI con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a su Constitución y Legislación." Además, la resolución contiene la disposición procesal: "Emplazar a la solicitante para que proceda a su identificación como argentina naturalizada en el plazo de un año... bajo apercibimiento de ley (art. 35 de la Ley 17671 modificada por las Leyes 20.974 y 22.435)." (Ninguna disidencia aparece en el fallo analizado.)

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