ALBELO, JOAQUIN c/ ENA - MINISTERIO DE SEGURIDAD - PFA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
El actor demandó para que se incorpore al haber mensual los suplementos creados por el Decreto 380/2017. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia, reconociendo carácter remunerativo y bonificable al suplemento por “Zona” y ratificando la obligación de pago y el régimen de costas.
¿Quién es el actor?
Joaquín Albelo.
¿A quién se demanda?
ENA – Ministerio de Seguridad – Policía Federal Argentina (PFA).
- Objeto de la demanda: Reclamo de incorporación al haber mensual y liquidación (con retroactividad) de los suplementos creados por el Decreto 380/2017 —en particular “Suplemento por Zona” y “Función Policial Operativa”— con carácter remunerativo y bonificable.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la resolución de fecha 28/06/2024 dictada por el Juzgado Federal de Río Cuarto en cuanto reconoce carácter remunerativo y bonificable al Suplemento por “Zona” del Decreto 380/2017 y en cuanto al régimen de imposición de costas en primera instancia; se confirmó asimismo el resto de lo decidido en la sentencia apelada; se impusieron las costas de alzada a la demandada y se diferió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) “...con el Decreto Nº 380/17, dictado el 30/05/2017, se fijó el haber mensual del personal de la Policía Federal Argentina. Asimismo, derogó los arts. 396 ter y 396 quater... En sustitución de tales disposiciones, se crearon los siguientes suplementos: ... II) el suplemento por ‘Zona’, de carácter no remunerativo y no bonificable, que lo percibiría el personal policial que sea destinado o que se encuentre destinado en las regiones detalladas en la Planilla Anexa al presente artículo...”
2) “...se llega a la conclusión que no es meramente accesoria o adicional las sumas creadas por el Dec. 380/2017 sino que representa una parte sustancial con relación al ‘haber mensual’, tal como se desprende de los recibos agregados a las actuaciones digitales, de modo que, en virtud de la incidencia que produce el pago de los suplementos en cuestión sobre la remuneración que percibe el agente, y en virtud de que evidencian un carácter general, es que corresponde incluir en el haber mensual de la parte actora, con carácter ‘remunerativo’ y ‘bonificable’, en relación a los suplementos creados por el decreto 380/17, debiendo incorporarse al haber mensual del actor.”
3) “...vale precisar que la propia Policía Federal informó en otros expedientes que los suplementos mencionados eran pagados a más del 91% del personal policial en actividad... En consecuencia, las consideraciones expuestas permiten reconocer el carácter remunerativo al suplemento por ‘zona’, que la demandada pretende negar.” (voto de la Dra. Navarro y adhesión del Dr. Avalos)
- Disidencia relevante (minoría): El Dr. Abel G. Sánchez Torres expresó su disidencia parcial respecto del suplemento por “Zona”, examinando informes de remuneraciones que muestran que sólo el 22,11% de los efectivos percibía el suplemento en enero/2024, y concluyó que dicho suplemento tiene carácter particular conforme art. 77 Ley 21.965; propuso, por tanto, modificar la parte relativa al suplemento por zona y distribuir las costas de primera instancia 10% actora / 90% demandada. Esa posición quedó en disidencia parcial y no integra la decisión de la mayoría.
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