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RAMIREZ ISABEL CATALINA Y OTROS c/ SANATORIO SAN JOSE SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Demanda por daños y perjuicios por la muerte de Teodoro Velazquez a raíz de una caída en UTI y presunta mala praxis. El Juzgado hizo lugar parcial a la demanda y condenó solidariamente al Sanatorio San José S.A., al Dr. Gino Peroni y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, con intervención de la aseguradora en la medida de la póliza, fijando una condena por $126.600 y costas a las demandadas.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Isabel Catalina Ramírez (fallecida durante el proceso) y otros (Vicente, Crispin, Raquel Josefina y Elsa Mercedes Velazquez), luego presentados como herederos. Demandado: Sanatorio San José S.A.; Dr. Gino Peroni (Director médico); Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI); y, citada en garantía, Compañía de Seguros S.A. Objeto: Daños y perjuicios por la muerte de Teodoro Velazquez y secuelas psíquicas de sus familiares, por hechos ocurridos tras la internación en UTI y la caída desde la cama el 06/02/2000. Petición por $290.000 más actualización, intereses y costas; desagregación en rubros: valor vida, daño moral, incapacidad psíquica sobreviniente y gastos de tratamiento. Decisión: Haciendo lugar parcialmente a la demanda, se condenó solidariamente al SANATORIO SAN JOSÉ S.A., al DR. GINO PERONI y al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, y a la COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. en la medida del seguro, a pagar a los accionantes la suma de PESOS CIENTO VEINTISÉIS MIL SEISCIENTOS ($126.600), con más los intereses indicados (devengados desde el 03/02/2002), e imponiendo las costas a las demandadas SANATORIO SAN JOSÉ S.A., DR. GINO PERONI y el INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS. Se regulan honorarios y se dispone devolución del expediente penal original y archivo (según final del fallo).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "RESUELVO: ARCHIVAR la presente investigación Penal Preparatoria (art. 268 cuarto párrafo del C.P.P.)...(.)" (confr. CAUSA N° 43500 aportada a la causa en su expediente original). "Se trata de un paciente de 80 años de edad que ingresa a UTI el 03/02/00... A las 5 horas se describe que encontrándose en cama de UTI con barandas de protección laterales se levanta por sus propios medios saltea baranda derecha y cae desde su propia altura y en decúbito ventral al piso" (informe Subgerencia de control prestacional N° 084/00, PAMI). "De la totalidad de la prueba recabada surge que el Sr. Velazquez tuvo una atención deficiente y negligente desde el momento en que entró al nosocomio... no fue derivado a los especialistas pertinentes según su caso clínico. A ello se suma el deficiente nivel de cuidado respecto a su seguridad en la cama de la UTI..." (considerando VII y análisis pericial). "Por ello, corresponde atribuirle responsabilidad al SANATORIO SAN JOSÉ S.A y AL DR. GINO PERONI... Corresponde condenar al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados." (considerando VII-VIII-IX). "En mérito a lo expuesto, cabe destacar que las coactoras tras la muerte de su padre padecieron un profundo daño... corresponde determinar este rubro de conformidad con el ejercicio prudencial de las facultades conferidas por el artículo 165 del Código Procesal en la suma total de CIENTO DIEZ MIL PESOS ($110.000)." (rubro daño moral). Fallo dispositvo principal: "FALLO: 1) Haciendo lugar parcialmente a la demanda... condenando al SANATORIO SAN JOSÉ S.A, DR. GINO PERONI y el INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y P

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