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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ALVAREZ, MATÍAS ERNESTO Y OTROS s/HOMICIDIO AGRAVADO CON ENSAÑAMIENTO - ALEVOSIA, AMENAZAS y EXTORSION VICTIMA: A, E L P Y OTRO

Juicio abreviado por extorsión en grado de tentativa contra tres imputados; la Cámara (Tribunal Oral) aceptó el juicio abreviado y condenó a Emanuel Romero e Iván Mayotto como coautores a 4 años de prisión, y a Gabriela Aguirre como partícipe secundaria a 2 años y 8 meses de prisión en suspenso, disponiendo además decomiso del vehículo y reglas de conducta.

Juicio abreviado Extorsion en grado de tentativa Coautor Participe secundaria Condena Decomiso Computo de pena Reincidencia Tribunal oral en lo criminal federal Reglas de conducta


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal, representado por el Fiscal General, Dr. Federico Reynares Solari.
- Demandados (imputados): Emanuel José Romero (DNI 40.618.694), Iván Gregorio Mayotto (DNI 42.328.214) y Gabriela Ester Aguirre (DNI 26.972.787).
- Objeto de la demanda: Acuerdos de juicio abreviado por hechos imputados en la causa “ALVAREZ, Matías Ernesto y otros s/ homicidio agravado y extorsión” (FRO N° 19511/2023/TO1), relativos al delito de extorsión en grado de tentativa.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal aceptó el trámite de juicio abreviado (art. 431 bis CPPN) y homologó los acuerdos; condenó a Romero y Mayotto como coautores de extorsión en grado de tentativa a 4 años de prisión e inhabilitación absoluta por igual término (declarándose a Romero reincidente), y condenó a Aguirre como partícipe secundaria a 2 años y 8 meses de prisión de ejecución condicional, imponiéndole reglas de conducta; además dispuso el decomiso del vehículo Chevrolet Corsa dominio SHH-332, la devolución de demás efectos secuestrados a sus titulares en plazo, el pago de costas y demás órdenes procesales consignadas en la parte dispositiva.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos/texto relevante):
- “En virtud de lo acordado por las partes y con base en los fundamentos expresados previamente en esta audiencia, de conformidad a lo prescripto en los artículos 398 y 431 bis del código procesal penal de la nación, RESUELVO: I. ACEPTAR EL TRÁMITE DE JUICIO ABREVIADO en los términos del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación.”
- “II. CONDENAR a Emanuel José Romero (DNI 40.618.694) como coautor del delito de extorsión en grado de tentativa, a la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta por igual término al de la condena (...), declarándolo reincidente (art. 50 del CP).”
- “IV. CONDENAR a Gabriela Ester Aguirre (DNI 26.972.787) como partícipe secundaria del delito de extorsión en grado de tentativa, a la pena de 2 años y 8 meses de prisión de ejecución condicional (arts. 168 en función del art. 42 y arts. 26, 40, 41 y 46 del C.P.).”
- Adicionalmente, el tribunal consignó el cómputo de penas: “Emanuel José Romero e Iván Gregorio Mayotto han sido condenados a la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN. Ambos fueron detenidos el día 30/12/2022... la pena respectivamente impuesta a los nombrados vencerá el día 30 de diciembre de 2026 (30/12/2026).”
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la sentencia es un pronunciamiento unipersonal del juez en audiencia de juicio abreviado y la parte resolutiva final es la homologación y condena conforme a los acuerdos.

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