Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GODOY, EMANUEL DAVID Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C) SOLICITANTE: BARRIONUEVO LOPEZ, MACARENA
Emanuel Godoy fue condenado por tráfico de estupefacientes en modalidad de transporte tras homologarse un juicio abreviado. La Cámara/Tribunal homologó el acuerdo de las partes y condenó a cuatro años de prisión, multa de 45 unidades fijas ($162.000), ordenó el decomiso del celular, la destrucción del estupefaciente y la práctica del cómputo de pena.
- Actor (acusador): Ministerio Público Fiscal (Auxiliar Fiscal Dr. Mariano Barabani; Fiscalía Federal Drª Adriana Saccone intervino en instrucción).
- Demandado (imputado): Emanuel David Godoy (DNI 38.177.623).
- Objeto de la causa: Encaramiento por el delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de transporte, por secuestro en vehículo de seis (6) bolsitas de marihuana y un envoltorio con marihuana (peso total aproximado 820,77 gramos), dos (2) envoltorios con cocaína (peso total 6,21 gramos), cuatro teléfonos celulares y $4.755, entre otros elementos; solicitado decomiso de celular y dinero.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar al pedido de juicio abreviado y homologó el acuerdo celebrado entre la fiscalía y el imputado; condenó a Emanuel David Godoy a la pena de cuatro (4) años de prisión, multa de 45 unidades fijas equivalente a $162.000, accesorias legales y costas; unificó esa pena con la pena única previa de un (1) año de prisión de ejecución condicional impuesta por el Juzgado Correccional n°3 de San Nicolás, quedando la pena única en cuatro (4) años; impuso la tasa de justicia de $1.500; dispuso el decomiso del teléfono celular del condenado y la destrucción del material estupefaciente una vez firme la sentencia; ordenó practicar el cómputo de pena y dar intervención al Juez de Ejecución Penal.
- Fundamentos principales (transcripciones literales relevantes):
1) "Para ello, consideró acreditado que el nombrado transportó 'la cantidad de seis 06 bolsitas de nylon transparente con una cierta cantidad compactada de marihuana, 01 envoltorio de nylon traslucido con cierta cantidad de marihuana, todo ello con un peso total aproximado de 820.77 gramos, y dos (02) envoltorios de nylon color blanco traslucido con cierta cantidad de cocaína, con un peso total aproximado de 6,21 gramos, elementos que fueran secuestrados dentro del vehículo Fiat Palio, color blanco, dominio ONP-435, por personal de la Policía Vial de la Policía de la Provincia de Santa Fe a la altura del Peaje de General Lagos de la autopista Rosario-Buenos Aires, el día 26 de diciembre de 2019 alrededor de las 20.20 horas...'"
2) "En tal sentido, es imperativo estudiar si la conclusión a la que arribó el señor Fiscal constituye una derivación razonada del derecho vigente, con arreglo a las constancias de la causa para que aquella obtenga, a su vez, la conformidad de Tribunal en idénticos términos (CSJN Fallos: 311:948)."
3) "La prueba recabada durante la instrucción resulta de signo acusatorio y de cargo suficiente para derrumbar la presunción de inocencia permitiendo tener por acreditada la intervención del imputado en el hecho; ... se ha reconocido expresamente la culpabilidad, a la vez que en la audiencia de visu ratificó expresamente el contenido del acta de juicio abreviado, no advirtiéndose vicio alguno que pudiera haber afectado la libre manifestación de su voluntad..."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en la resolución.
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