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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RODRIGUEZ, HUGO JAVIER RICARDO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.14)

Planteo de incompetencia por conexidad subjetiva pedido por el Ministerio Público Fiscal en una causa por tenencia simple de estupefacientes contra Hugo Javier Ricardo Rodríguez. La Cámara Federal declinó competencia y remitió el expediente al Tribunal Federal de Juicio N° 3 de Rosario para su acumulación al expediente FRO 87970/2018/TO1 por tratarse de causa en igual estadio procesal con calificación más gravosa.

Conexidad subjetiva Declinatoria de competencia Remision Acumulacion de causas Ley 23.737 Tenencia simple Art. 14 Art. 5 inciso c Tribunal federal de juicio n?3 rosario Ministerio publico fiscal


¿Quién es el actor?

Representante del Ministerio Público Fiscal.
- Demandado (imputado): Hugo Javier Ricardo Rodríguez.
- Objeto de la decisión: Solicitud de declinatoria de competencia y remisión de autos por conexidad subjetiva con otra causa que involucra al mismo imputado (expediente FRO 87970/2018/TO1) por una calificación legal más gravosa.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al pedido de incompetencia por conexidad subjetiva y se remitieron los autos al Tribunal Federal de Juicio Nro. 3 de Rosario para su acumulación al expediente caratulado "Bacerna, Hugo Facundo Ezequiel y Otros s/ Infracción ley 23.737", FRO 87970/2018/TO1.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo): "I.
- El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que este Tribunal se declare incompetente para intervenir en el presente caso y, en consecuencia, se efectúe la correspondiente remisión del expediente al Tribunal Federal de Juicio Nro. 3 de Rosario para su acumulación al caso 'Bacerna, Hugo Facundo Ezequiel s/ Infracción ley 23.737', FRO 87970/2018/TO1; ello, en virtud de lo dispuesto en los arts. 41 inc. 3, 42 inc. 1 y concordantes del CPPN. Puso de resalto que en el presente se investiga a Hugo Javier Ricardo Rodríguez por la presunta comisión del delito de tenencia simple de estupefacientes (art. 14, 1° párrafo de la ley 23.737) y que ambos casos están en el mismo estadio procesal. En tal sentido, señaló que en la causa de mención de trámite ante ese Tribunal Nro. 3 de Rosario, Hugo Javier Ricardo Rodríguez se encuentra requerido a juicio por una figura más gravosa prevista y penada en el art. 5 inciso c de la ley 23.737." "II.
- Así las cosas, advirtiendo que existe conexidad subjetiva respecto del imputado Hugo Javier Ricardo Rodríguez y que la calificación legal en el expediente FRO 87970/2018/TO1 resulta más gravosa, corresponde declinar la competencia de este Tribunal Oral y remitir el presente caso al Tribunal Federal de Juicio Nro. 3 de Rosario de conformidad con lo establecido en los artículos 41 inciso 3 y 42 inciso 1 y concordantes del CPPN." "En consecuencia, de acuerdo a las normas señaladas precedentemente y los principios de concentración, celeridad y economía procesal, se impone declinar la competencia de este Tribunal -por razones de conexidad subjetiva
- para intervenir en la presente causa y remitir los autos al Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 3 de Rosario, a sus efectos."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; la decisión se adopta conforme al bloque resolutorio final.

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