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SUELDO, MARGARITA IRENE c/ ESTADO NACIONAL ARGENTINO (MIN. DE ECONOMIA) s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Solicitud de regulación de honorarios del apoderado de la actora por actuaciones en la Alzada. La Cámara Federal de Córdoba reguló los honorarios del Dr. Ángel Rodolfo Zunino en el 30% de lo fijado en la instancia anterior y ordenó adicionar la Tasa Pasiva Promedio del BCRA desde la fecha de débito hasta el pago.

Honorarios Regulacion Ley 21.839 Tasa pasiva promedio B.c.r.a. Costas Estado nacional Camara federal de cordoba Tasa de justicia Ejecucion


¿Quién es el actor?

Margarita Irene Sueldo (parte actora; letrado apoderado: Dr. Ángel Rodolfo Zunino).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional Argentino (Ministerio de Economía).
- Objeto de la solicitud: Pedido de regulación de honorarios por las tareas desplegadas por el letrado apoderado de la actora ante la Alzada.

¿Qué se resolvió?

Se regulan los honorarios del letrado apoderado, Dr. Ángel Rodolfo Zunino, en el 30% de lo regulado en la instancia anterior (arts. 6 y 14 Ley 21.839) con fecha de referencia 21/03/2017; además, las sumas deberán adicionarse con la Tasa Pasiva Promedio publicada por el B.C.R.A. desde que son debidos hasta su efectivo pago; se recuerda la obligación del Juzgado de primera instancia de controlar la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia y la integración de dicha tasa cuando corresponda.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "De acuerdo a la interpretación expuesta por la CSJN en la causa 'Establecimiento Las Marías S.A.C.I.F.A. c/ Misiones, Provincia de s/ acción declarativa' (Sentencia del 4 de septiembre de 2018) en cuanto a la aplicación temporal de la ley 27.423, resultan de observancia las pautas previstas en el art. 6, 14 y concordantes de la Ley Arancelaria N° 21.839 a fin de estimar el valor económico del trabajo realizado en la instancia por el profesional interviniente, en función de la labor y éxito profesional resultante. De acuerdo con lo expuesto, y evaluado el trabajo profesional cumplido por el letrado apoderado de la parte actora –doctor Angel Rodolfo Zunino, corresponde regular sus honorarios en el 30% de lo regulado en la Instancia anterior, los que deberán ser abonados conforme la condenada en costas, dispuesta por Resolución de este Tribunal del 26/02/2014." "A las sumas ordenadas a abonar deberá adicionarse los intereses de la Tasa Pasiva Promedio que publica el B.C.R.A., desde que son debidos y hasta su efectivo pago, atento lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos caratulados: 'Bedino, Mónica Noemí c/ Telecom Argentina y otros/part. Accionario obrero' y lo dispuesto por el art. 61 de la Ley arancelaria, todo lo cual será abonado conforme la imposición de costas dispuesta por este Tribunal."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el texto de la resolución final.

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