I, L. D. c/ INSSJP - PAMI s/AMPARO LEY 16.986
Amparo por prestación médica contra el INSSJP (PAMI) para cobertura de válvula TAVI. La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata declaró desierto el recurso de la demandada y confirmó la sentencia de grado en lo referido a costas y honorarios, regulando además los emolumentos de Alzada y condenando en costas a la recurrente.
¿Quién es el actor?
I., L. D. (amparista) con patrocinio del Ministerio Público de la Defensa.
¿A quién se demanda?
INSSJP
- PAMI.
- Objeto de la demanda: Acción de amparo (Ley 16.986) solicitando cobertura total de válvula aórtica transfemoral y transcateter expandible por balón (TAVI) indicada por el Dr. Manazzoni.
¿Qué se resolvió?
Se declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la demandada respecto de la cuestión de fondo; se confirmó la sentencia de grado en cuanto a las costas; se confirmaron los emolumentos regulados en primera instancia; se regularon los emolumentos de la defensa en la suma de $424.254 (equivalentes a 6 U.M.A., conforme Res. SGA 936/2025), con aportes previsionales e IVA si corresponde; y se impusieron las costas de Alzada a la recurrente.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"las manifestaciones allí formuladas adolecen -en mi criterio
- de una marcada insuficiencia impugnativa, pues el art. 15 de la ley ritual impone al recurrente la carga procesal de fundar su postura efectuando una crítica concreta y razonada de las partes de la sentencia que considera equivocadas."
"En el caso de autos, observo que los agravios formulados a fs. 27/29, no son más que una crítica genérica a la resolución impugnada... Reiteradamente se ha dicho que las afirmaciones genéricas y las impugnaciones de orden general no resultan idóneas para mantener el recurso de apelación..."
"En suma, considero que las circunstancias que gravitaron en la causa no justifican la exención de aplicación del principio general en materia de costas, por lo que propongo confirmar el decisorio atacado en cuanto impone las costas al agente de salud accionado... Respecto de la imposición de costas en Alzada... las costas constituyen el reintegro de los gastos que el vencedor ha debido efectuar..."
- Votos y disidencia: El Dr. Eduardo P. Jiménez votó y fundamentó la propuesta que integra la parte resolutiva; el Dr. Bernardo D. Bibel adhirió expresamente al voto del Dr. Jiménez. No hay disidencia.
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