PIETRINI, ROBERTO RAUL c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Fijaron los honorarios del Dr. Walter R. De Benedictis por su actuación como letrado patrocinante ante la Alzada. La Cámara determinó esos honorarios en 1,74 UMAs (equivalentes a $125.741 al dictarse), aclarando que el IVA no está incluido y que, si corresponde, deberá ser depositado por la parte obligada.
¿Quién es el actor?
PIETRINI, ROBERTO RAUL.
¿A quién se demanda?
EN-M SEGURIDAD-PFA (Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seguridad).
- Objeto de la demanda/incidente: fijación de honorarios del letrado patrocinante de la parte actora por la labor desarrollada ante esta Alzada.
¿Qué se resolvió?
Se fijaron los honorarios del Dr. Walter R. De Benedictis en 1.74 UMAs, equivalentes a $125.741 a la fecha del pronunciamiento; se aclaró que en ese importe no está incluido el IVA y que, en caso de acreditarse la condición de responsable inscripto por los beneficiarios, la obligada deberá depositar el importe correspondiente al tributo junto con el pago. Regístrese, notifíquese y devuélvase la causa a la instancia de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes):
"En función de la naturaleza del juicio, teniendo en consideración la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada, el resultado del proceso y el monto del juicio (ver liquidación aprobada el 19/11/2021), corresponde -por la labor desarrollada como letrado patrocinante de la parte actora y ante esta Alzada
- fijar los honorarios del Dr. Walter R. De Benedictis en 1.74 UMAs, equivalentes -a la fecha del presente pronunciamiento
- a $125.741 cfr. arts. 15, 16, 20, 21, 24, 29, 30, 51 y ccdtes. de la ley 27.423 y Resol. SGA Nro. 1236/2025."
"Cabe dejar aclarado que en el importe establecido precedentemente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo, que oportunamente realicen los beneficiarios-, la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo junto con el monto del pago."
- Disidencias: No registradas en el bloque dispositivo final; la decisión aparece suscripta por la mayoría de los Jueces de Cámara indicados.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: