Incidente Nº 1 - ACTOR: FERNANDEZ, WALTER JOSE DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
Ejecución de sentencia previsional promovida por Walter José Fernández contra ANSeS por reajuste de haberes. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia en lo apelado, confirmó los honorarios del perito contable, pero revocó y fijó en $624.000 los honorarios de la representación de la actora; además reguló los honorarios de alzada y atribuyó costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Fernández, Walter José.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Ejecución de sentencia por reajuste de haberes (reajuste de haberes previsionales, aprobación de planilla practicada).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de recurso; confirmó la regulación de honorarios correspondiente a quien practicó la pericial contable; revocó la regulación de honorarios de la representación de la parte actora y los fijó en $624.000 (60 UMA según Acordada de la CSJN vigente al momento de la resolución recurrida); reguló los honorarios de los profesionales de alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia; e impuso las costas de esta instancia a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"a. En cuanto al tope del art. 26 de la ley 24.241, al analizar la planilla practicada por la experta, se corrobora que resulta, en el caso concreto, confiscatorio e inconstitucional al originarle una disminución que supera el guarismo del 15% de confiscatoriedad que nuestro Máximo Tribunal considera tolerable, en virtud del precedente 'Actis Caporale'. Por lo que, se rechaza el agravio y se confirma la sentencia venida a revisión, que declaró su inconstitucionalidad."
"En relación a la regulación efectuada a quién practicó la pericial contable en el caso de los auxiliares de la Justicia establece que el monto de los honorarios a regular no podrá ser inferior al cinco por ciento (5%) ni superior al diez por ciento (10%) del monto del proceso (art. 21, cuarto párrafo). Revisada la regulación, aplicando los porcentajes legales, así como la reducción del art. 41, se advierte que la suma establecida se encuentra entre los porcentajes arancelarios y es adecuada, razón por la cual corresponde su confirmación."
"En relación a los honorarios regulados a la representación de la parte actora, que actuó en doble carácter, tratándose en autos de la ejecución de una sentencia previsional que es susceptible de apreciación pecuniaria (art. 16 inc. a), ... se advierte que lo regulado resulta excesivo ... Se estima que corresponde regular sus honorarios en la suma de pesos seiscientos veinticuatro mil ($624.000.-), equivalentes a 60 UMA, de conformidad al valor establecido en la Acordada de la CSJN vigente al momento de la resolución recurrida."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en la parte dispositiva final; la resolución consignada es la decisión de la Cámara.
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