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BARBOSA LINCALEL, TERESITA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

Reajuste de haberes previsionales contra ANSeS por beneficiaria que impugnó la tasa de interés aplicada. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó lo dispuesto respecto de la tasa de interés y ordenó aplicar la tasa pasiva promedio del Banco Central, y confirmó el resto de la sentencia de grado; impone costas a la parte vencida.

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¿Quién es el actor?

BARBOSA LINCALEL, TERESITA.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales y determinación de intereses aplicables a las sumas adeudadas; cuestionamiento de la constitucionalidad del Decreto 163/2020; impugnación de la tasa de interés aplicada y solicitud sobre costas.

¿Qué se resolvió?

Se revocó la decisión relativa a la tasa de interés aplicada y se dispuso que a las sumas adeudadas se les adicionen intereses conforme la tasa pasiva promedio que elabora el Banco Central de la República Argentina; se confirmó el resto de la sentencia del juez de grado en cuanto fue materia de apelación; y se impusieron las costas de ambas instancias a la parte vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Respecto a los agravios de ambas partes, vinculado con la tasa de interés aplicada, corresponde remitir a lo examinado por esta Alzada en los autos “AGUIRRE, MARIA NORA c/ ANSeS s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 007771/2020/CA003 Fecha: 14/10/2024, y disponer que a las sumas adeudadas se le adicionen intereses, conforme la tasa pasiva promedio que elabora el Banco Central de la República Argentina, remitiendo a los fundamentos allí expresados que pasan a formar parte en lo pertinente del presente resolutorio." "En relación al agravio vinculado con el tratamiento al planteo de inconstitucionalidad del decreto dictado por el PEN 163/2020, consideramos que es sustancialmente análogo a lo examinado por esta Alzada en los Autos “CIER, NILDA PILAR c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 009512/2020/CA001 Fecha: 08/11/2021, por lo que corresponde confirmar y remitir a los fundamentos allí expresados que pasan a integrar el presente resolutorio en lo que aquí concierne." "Por último, en referencia a las costas de ambas instancias, cabe recordar lo señalado en la sentencia dictada en: “AGOSTINO, TERESITA DEL CARMEN c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 004420/2016/CA001 Fecha: 09/08/2023. En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, e imponer las costas a la vencida. (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN).-"
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia en el dispositivo final; la parte resolutiva expresa la decisión de la Alzada.

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