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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FERREYRA, JUAN IGNACIO s/INFRACCION LEY 23.737

Juicio abreviado por tenencia de estupefacientes: se condenó a Juan Ignacio Ferreyra por tenencia simple de marihuana. La sentencia impuso 2 años de prisión en suspenso, multa de $4.000, reglas de conducta por 2 años y costas por $4.700, fundando en el acuerdo de juicio abreviado y la prueba técnica que acreditó 35,05 gramos de marihuana.

Tenencia de estupefacientes Marihuana Juicio abreviado Pena en suspenso Multa $4.000 Reglas de conducta Destruccion de estupefacientes Costas $4.700 Tribunal oral federal Art. 14 ley 23.737


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (fiscal auxiliar Dr. Nicolás Sacco).
- Demandado/Imputado: Juan Ignacio Ferreyra, DNI 37.050.133.
- Objeto de la demanda: Enjuiciamiento por la comisión del delito de tenencia de estupefacientes; secuestro de 35,05 gramos de marihuana en allanamiento de su domicilio el 11/03/2021.

¿Qué se resolvió?

Se condenó a Juan Ignacio Ferreyra como autor del delito de TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES (art. 14 1º párrafo de la ley 23.737 y 45 del CP) a la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN, cuyo cumplimiento será dejado en suspenso (art. 26 del CP), y multa de CUATRO MIL PESOS ($4.000). Se impusieron reglas de conducta por dos (2) años (fijar residencia, someterse al patronato, abstenerse de usar estupefacientes y de relacionarse con expendio/consumo), se impusieron costas por $4.700 y se ordenó la destrucción del estupefaciente; se procederá a la devolución del dinero incautado ($40.820) y del teléfono, con retención en garantía por 3 meses y eventual destrucción si no se retiran. La decisión se adoptó en el marco de un juicio abreviado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia): "I.
- Se encuentra probado en autos que el día 11 de marzo del año 2021, personal policial requisó –orden judicial mediante
- el domicilio de calle Brasil Nº 732 del barrio 9 de Julio de la localidad de Sunchales, prov. de Santa Fe, residencia de Juan Ignacio Ferreyra, y secuestró 35,05 gramos de marihuana, un (1) teléfono celular, un (1) desmorrugador y dinero en efectivo." "II.
- De igual forma se ha probado –en los términos del art. 77 del CP
- el carácter de estupefaciente del material secuestrado... confirma que la sustancia efectivamente se trata de 35,05 gramos de marihuana, detectándose el principio activo tetrahidrocannabinol (THC)." "III.
- Respecto a la responsabilidad... la droga estaba dentro de su esfera de custodia y bajo su poder de hecho y disposición, otorgando veracidad al reconocimiento que hiciera en el acta-acuerdo y debiendo en consecuencia responder como autor en los términos del art. 45 del Código Penal." "V.
- En virtud de ello se le impondrá la pena de dos (2) años de prisión. Teniendo en cuenta que se dan en el caso los requisitos exigidos por el art. 26 del CP... acepto la postura adoptada en el acuerdo en cuanto a que se torna innecesario el cumplimiento efectivo de la pena... En consecuencia, de acuerdo con lo previsto por el art. 27 bis del Código Penal, se le impondrá durante el plazo de dos (2) años... las reglas de conducta que se detallan..."
- Votos en disidencia: no se registra disidencia en el decisorio final.

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